martes, 30 de abril de 2013

“La paz esté con ustedes” (Jn 20, 20), Mensaje de la Conferencia Episcopal de Guatemala



            1. Los obispos de Guatemala nos dirigimos a todos lo fieles cristianos católicos y a todos los creyentes y hombres y mujeres de buena voluntad. Este tiempo de Pascua nos llama reiteradamente a la esperanza en Cristo Resucitado. Nos inspira el Señor que ha vencido a la muerte con su Resurrección.

            2. Este año de la Fe ha estado marcado por la renuncia del Papa Benedicto XVI y por la elección e inauguración del pontificado del Papa Francisco. Ambos nos han dado testimonio claro de fe en el Señor. Ambos nos exhortan con su testimonio y su palabra a dar razón de nuestra fe.

            3. La Conferencia Episcopal de Guatemala, en nombre de toda la Iglesia Católica en este pais da la bienvenida al nuevo Señor Nuncio Apostólico de su Santidad, Mons. Nicolás Thevenin y le desea un fructífero ministerio en nuestra patria.

            4. Este 26 de abril se cumplen quince años desde el asesinato de Monseñor Juan Gerardi. La celebración de este aniversario nos invita a reflexionar sobre el profundo significado de su ejemplo de pastor bueno entregado al servicio de los pobres, testigo de la verdad y defensor de la dignificación de las víctimas de la violencia. Al mismo tiempo nos lleva a considerar la actualidad de su palabra y acción.

            5, Los obispos de Guatemala, afirmaron en vísperas de los Acuerdos de Paz: “para asegurar que la paz que buscamos en Guatemala sea firme y duradera, se requiere que sea construida sobre una verdadera reconciliación. Los acuerdos, producto de la negociación política, son sin duda un paso necesario en el largo camino hacia la paz. Pero se debe ir más allá de la firma de dichos acuerdos. Es imprescindible comprometer a todo el pueblo de Guatemala, especialmente a quienes tienen en sus manos el poder económico y político en su cumplimiento, hasta llegar a extirpar las causas que originaron el conflicto y los gravísimos males físicos, mentales y morales provocados por una guerra fratricida de más de 36 años”.

            6. Han pasado diecisiete años de la firma de los “Acuerdos de Paz firme y duradera”. Es verdad que dichos Acuerdos surtieron efecto para la finalización del conflicto. Sin embargo, constatamos que en los aspectos sustantivos quedaron sin aplicación, frustrando las esperanzas del pueblo guatemalteco. Debemos reconocer que las causas estructurales que dieron origen al enfrentamiento armado no han sido superadas, se fortalece un modelo económico que concentra la riqueza en pocas manos. Las propuestas de desarrollo impulsadas desde el gobierno son objetadas por varios sectores de la población que logran obtener un respaldo amplio y de incidencia social. Ha faltado la capacidad por una parte de persuadir a la población de cuáles son las políticas económicas impulsadas desde el gobierno, a participación y las propuestas más significativas de la población. En estos años hemos visto políticas de parches, que no solucionan la situación de pobreza, emigración forzada, racismo y exclusión. Seguimos constatando el constante irrespeto a la dignidad de la vida humana, el ambiente de sensibilidad y susceptibilidad, de creciente y peligrosa polarización social, de rumores y calumnias que confunde, de conflictos en el ámbito de la minería. Hay un auge de la criminalización y persecución de líderes comunitarios, la institucionalidad jurídica se ve sometida a presiones de diverso signo que empañan el clima de libertad con que debe actuar la justicia. Los procesos de justicia deben ser transparentes, apegados al derecho e imparciales con el fin de que sean reconocidos por todos. Lo habíamos señalado los obispos hace años: “El secular enfrentamiento, el odio y la violencia, son una realidad que se ubica en la misma raiz de nuestro pasado”. “Nuestra realidad actual no es más que el resultado de injusticias sociales acumuladas, fraguadas en esta secular historia de despojo y opresión''.

            7. El mensaje de Mons. Gerardi sigue siendo actual: Conocer la verdad para sanar las heridas del pasado y poner las bases para el perdón y la reconciliación. A pesar de todo “creemos en la capacidad del pueblo para lograrlo paz y emprender el camino esperanzado de la reconciliación”'.

            8. La verdadera reconciliación se logrará únicamente sanando las causas que han producido la injusticia, y orientándose hacia el perdón pues “Sin perdón no hay futuro”, como dijera el obispo sudafricano Desmond Tutu, un perdón fundado en la verdad. Lo cual no significa impunidad ni freno a los caminos propios de la justicia, que debe cumplirse, sino compromiso para que las heridas del pasado en el pueblo se sanen por ese camino. Los puntos irrenunciables en el mensaje de Mons. Gerardi siguen siendo actuales: la paz sigue siendo “el anhelo más fuerte que brota del corazón de todos los guatemaltecos”, lo que queremos es que esas dolorosas experiencias del pasado no se repitan, “Guatemala, nunca más”. “..,Es necesario tener en cuenta el pasado tormentoso de nuestra historia, no para despertar nuevos odios, animadversiones y deseos de venganza o de revancha, sino para entender mejor nuestras actuales circunstancias y evitar caer de nuevo en los mismos errores, crímenes y guerras”'.

            9. El proyecto REMHI, anterior al informe de la Comisión de la Verdad, tenía la finalidad de permitir a las víctimas de los años de la violencia poder expresar su dolor y sanar y estaba abierto a hablar de víctimas en ambos lados de la confrontación, hubo espacio no sólo para la población civil no combatiente sino también para exguerrilleros, militares y patrulleros de la autodefensa. Este proyecto era un paso irrenunciable, que sin duda en muchos lugares de nuestro país dio frutos de sanación basada en el Evangelio de Jesús. El pueblo hizo el proceso del REMHI a partir de sus valores más profundos y de la experiencia del Dios de la Misericor­dia que se nos ha revelado en Jesucristo. Desafortunadamente el trabajo iniciado por los animadores de la reconciliación y otros procesos destinados a la sanación, no tuvieron continuidad. Esto representa para nosotros actualmente un desafío para nuestras acciones pastorales.

            10. Nos dirigimos a ustedes conciudadanos con confianza en que la cultura de la Vida predominará sobre la cultura de la muerte en nuestra realidad nacional marcada por la violencia diaria que desemboca en muertes y duelo en tantas familias guatemaltecas. Merecen nuestro repudio vehemente en especial los reiterados atentados contra los choferes del servicio urbano y la violencia contra mujeres y niños y últimamente líderes comunitarios.

            11. Urgimos a todos los ciudadanos a mantener vigente la meta de alcanzar la verdadera paz en Guatemala. La búsqueda de justicia y verdad sana las heridas sociales e históricas. “El esclarecimiento histórico de la verdad no solo es necesario, es indispensable para que el pasado no se repita con sus graves consecuencias. Mientras no se sepa la verdad, las heridas del pasado seguirán abiertas sin cicatrizar”, Pero el conocimiento del pasado humaniza cuando tiene como fruto la conciliación, que solo puede provenir de una autentica actitud de perdón, que no significa impunidad sino asumir el pasado y superarlo para construir el futuro. El resarcimiento se limitó en muchos casos únicamente a una compensación económica selectiva.

            12. Que nuestra Señora, la Virgen María, cuya fe dio paso a la encarnación de Nuestro Señor y con eso abrió camino a la Esperanza, anime siempre el caminar de nuestra Iglesia.

            Guatemala de la Asunción, 26 de abril de 2013.

+Rodolfo Valenzuela Núñez
Obispo de la Diócesis de La Verapaz
Presidente de la Conferencia Episcopal de Guatemala

+Bernabé de J. Sagastume Lemus, ofm.Cap
Obispo de Santa Rosado Lima
Secretario General de la Conferencia Episcopal de Guatemala




domingo, 28 de abril de 2013

Reconciliaciones a prueba de balas, por Edelberto Torres-Rivas

        Sin duda alguna, asistimos en el escenario político a un reordenamiento de segmentos de la derecha (militar, política y económica) aparentemente con ocasión del procesamiento judicial a los dos generales.
 
        A los sectores conservadores no les importa propiamente ni José Efraín Ríos Montt ni José Mauricio Rodríguez Sánchez, sino el mal ejemplo de ser juzgados a pesar de su condición de altos oficiales. El juicio de abril abrió ventanas que ya no es posible cerrar; por ahí se filtraron componentes de la cultura civil, se asienta una jurisprudencia que rompe el orden conservador: los militares son imputables. Se vieron imágenes de mujeres ixiles acusando en su propio idioma, dibujando con coraje escenas de una nueva época. La TV y la prensa presentaron testimonios del odio fratricida que antes negaron u ocultaron. A la derecha le preocupa hondamente que en Guatemala pueda haber otros juicios, muchos militares culpables.

        Algunos comunicados lo han dicho de manera elemental: se juzga al soldado, al militar, al Estado, y es peligroso atacarlo. Después de una guerra civil el Estado es la contraparte de todo juicio penal. El de Guatemala ha sido demandado y condenado por la Corte Interamericana de Justicia más de tres veces. Si en el debate que hubo con ocasión de crear la Comisión de Esclarecimiento Histórico de Naciones Unidas se hubiese acordado poner en el Informe de la Verdad el nombre de los militares responsables de los mayores delitos cometidos, los juicios contra los culpables habrían sido innecesarios, pues la sola mención en el Informe era suficiente. Pero los representantes del Ejército argumentaron que no aceptaban el procedimiento de identificar a los responsables, lo cual era posible y que exigían que solo se responsabilizase a la Institución, es decir, al Estado. De ahí que la Memoria del Silencio sea una enorme acusación contra el Estado.

        No hay que olvidar la larga tradición de inimputabilidad que los militares gozan como tales a partir del fuero especial de 1877. Cien años después, el Decreto Legislativo 41-96 estableció que los delitos o faltas cometidas por militares, deben ser juzgados por tribunales ordinarios (en el juicio de Xamán, los integrantes de la patrulla militar iban a ser juzgados por tribunales militares). Después de 1954 tuvieron varias leyes de amnistía, la última de las cuales cocinaron conjuntamente con “los Comandantes”, 48 horas exactamente antes de la firma del Tratado de Paz en diciembre de 1996.

        El juicio de abril ha ampliado el horizonte informativo del que disponía la opinión pública nacional; con esa apertura ahora se sabe más y mejor sobre la horrorosa guerra que aquí hubo contra civiles, entre hermanos, que alcanzó un grado de maldad patológica por motivos que no se pueden justificar. Nadie ha analizado aún ¿por qué en defensa de la patria había que matar tanta gente? Matar en 18 meses unas 70 mil personas (130 diarias) es una locura homicida causada por una perversión de la razón*. En las guerras internacionales se matan enemigos nacionales, y hay nacionalismos perversos que llevan a excesos, pero hay leyes que la regulan. Dicen los sicólogos que el encono entre familiares es peor que entre vecinos. Talvez esa anormalidad explica las decenas de niños quemados, porque como lo ordenó un oficial, no se puede gastar tanto dinero en balas…

        En las últimas semanas, se han hecho públicos dos fascículos de 20 páginas cada uno. Es difícil encontrarle sentido a ese esfuerzo editorial: contiene recuerdos que abren heridas, fotos que alimentan odios, notas apócrifas que confunden verdad y denuncia. Si los intelectuales que dirigen esa publicación se proponen la reconciliación como lo dicen, así no lo lograrán. El lenguaje intolerante que empiezan a usar es el equivalente a un retroceso a los tiempos de la prédica anticomunista. Recordemos que el anticomunismo no fue una ideología, sino una forma de mentalidad acusadora, de raíz emocional. La ideología se define como un sistema integrado de ideas con capacidad explicativa; el anticomunismo solo pudo definirse como negación: ató prejuicios y sospechas, fanatismo e ignorancias básicas, odios, miedos, todos componentes para conformar una visión “simplista y maniquea” de la sociedad. Esta confusión de ideas fue útil para crear un enemigo y destruirlo con su sola denominación: ¡ese es comunista!, la sospecha era culpa apodíctica, sentenciada por una forma extrema de fanatismo: la creencia que de poseer la verdad absoluta. Cuando esto sucede, es muy difícil la reconciliación.

*Este es un número aproximado de muertos y un cálculo previsible de tiempo, solo para reforzar la insania de lo ocurrido.

Tomado de El Periódico

miércoles, 24 de abril de 2013

Si quieres la paz, trabaja por la justicia


    Ante la evidente intención de estimular acciones contrarias al desenlace jurídico del juicio de Genocidio y Delitos contra los deberes de humanidad, que actualmente se dirime, las y los abajo firmantes expresamos:

    1. No es aceptable afirmar que un proceso judicial que busca que se conozca la verdad y se haga justicia causará la violencia política. Hacer esta afirmación –sobre todo desde un poder del Estado– es una violación a la independencia judicial, que pretende interferir en otro poder del Estado.

    2. Es cínico afirmar que la acusación de genocidio es una fabricación jurídica. Las víctimas sobrevivientes y testigos han hablado delante de un tribunal independiente en el juicio por genocidio en el país, y se han constituido como querellantes adhesivos. Pretender que el anhelo de las víctimas y deudos de dignificar a sus seres queridos no pase por la justicia es una interpretación malintencionada y antojadiza de quienes desean negar la realidad del genocidio. Pretender ocultarlo es equivalente a generar las condiciones que favorezcan su repetición.

    3. La Ley de Reconciliación Nacional (Decreto 145-1996) aprobada el 27 de diciembre de 1996, establece en su artículo 8 que: "La extinción de la responsabilidad penal a que se refiere esta ley, no será aplicable a los delitos de genocidio, tortura y desaparición forzada, así como aquellos delitos que sean imprescriptibles o que no admitan la extinción de responsabilidad penal, de conformidad con el derecho interno o los tratados internacionales ratificados por Guatemala." Este artículo fue aprobado en función del principio de coherencia, ya que Guatemala en 1950 ratificó la Convención contra el Genocidio y con el mismo se dejó abierta la puerta para la realización de investigaciones y procesos judiciales en este marco.

    4. Hablar de conciliación significa aceptar las condiciones que permitan superar la existencia de una pobreza estructural, es decir, de la existencia de millones de guatemaltecos y guatemaltecas que a diario protagonizan situaciones de degradación humana; que no poseen nivel ciudadano ante la ley; que sobreviven precariamente con lo que el sistema descarta, producto de un proceso de apropiación histórica, selectiva y violenta de la riqueza nacional, responsable principal de la polarización social.

    5. Lo que ahora está de por medio es un proceso penal, cuyos fines son, según la ley: determinar la existencia de los hechos y establecer quiénes los cometieron. A estas tareas está abocado, por mandato constitucional, el sistema de administración de justicia. Este juicio se ha desarrollado apegado a la ley, defendiendo la independencia y dignidad judicial y respetando todas las garantías judiciales y eso debe ser reconocido.

    6. Confiamos en que la Corte de Constitucionalidad sabrá —en este momento crucial- garantizar la justicia pronta, eficaz y cumplida; pilar fundamental del Estado Democrático de Derecho.

    Los derechos a la verdad y a la justicia no traicionan la paz. Los que dividen el país son quienes los niegan.

    Rigoberta Menchú Turn, Premio Nobel de la Paz 1992; Jody Williams, Premio Nobel de la Paz 1997; Adolfo Pérez Esquivel, Premio Nobel de la Paz 1980; Christian Tomuschat, Comisionado de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico; Otilia Lux de Cotí, Comisionada de la Comisión para el Esclarecimiento Histórico; Héctor Rosada-Granados, negociador de la paz 1993-1995; Aaron Pollack, Adriana Linares Palma, Ajb'ee Jiménez, Alan Milis, Aldo Dell Ariccia, Alejandra Morales, Alejandra Silvera, Alejandro Flores, Alexandra Tomaselli, Universidad Europea de Bolzano, Italia; Alicia Herrera, Alma Belenguer, Álvaro lnostroza Bidart, poeta chileno; Ana Eugenia Paredes Marín, Ana Isabel Bustamante Cruz, Ana Larra, Ana López Molina, Ana Lucía Cuevas, Ana Lucía Ramazzini Morales, Ana María Chojlán Cojulum, Ana María Cofiño Kepfer, Ana María Díaz, poeta puertorriqueña; Ana Silvia Monzón, Anabella Acevedo, Anabella Giracca, Anabella Sibrián, Andrea Carrillo, Andrés Cabanas, Ángela Bunch Cajas, Angela Oyhandy, Universidad Nacional de la Plata, Argentina; Anna Balaguer Soriano, Antonio Rodríguez, Servicio Social Pasionista de El Salvador; Antonio Rosa Montañéz, poeta puertorriqueño; Ariel Lancerio, Armando Ramírez, editor de Migrante Latino; Arturo Arias, Arturo Monterroso, Arturo Taracena Arriola, Asociación Bufete Jurídico Popular, Asociación de Estudiantes Universitarios del Centro Universitario de San Marcos (USAC), Asociación de Mujeres para Estudios Feministas de Guatemala (AMEF), Asociación Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA), Asociación K'amalb'e, Asociación Nacional de Comadronas - Tradicionales de Guatemala, Aura Curnes, Azarías Perencén Acual, Brenda Reyes, Brent Metz, Universidad de Kansas; Bruce Mannheim, Universidad de Michigan; Byron Garoz, Carnila Carry, poeta colombiana; Caridad Sorondo, cineasta puertorriqueña; Cada Sandoval, Carlos Aldana Mendoza, Carlos Eduardo Izaguirre, Carlos Figueroa Ibarra, Carlos Paredes, Carmen Rosa de León, Carol Zardetto, Carolina Escobar Sarti, Carolina Rendón, Centro de Documentación e Investigación Maya (CEDIM), César Estrada, César García, Claudia Rosales, Claudia Say, Colectiva Todas Somos, Colectivo El Papel, Colectivo Lucha y Resistencia, Coordinadora Guatemalteca de Solidaridad con los Pueblos, Cristian Ozaeta, Cristina Rojas, Universidad de Carleton, Canadá; Daniel Barczay, Daniel Mosquera, Union College de Nueva York; Danilo Iriarte, Danilo Rivera, Deimy Ventura, Delrni Arriaza, Dernetrio Cojtí, Diana Cameros, Diane Nelson, Dina Mazariegos, Dora Aréola, Dora Escobar, Dorotea Gómez Grijalva, Eber Quiñonez, Eddy Armas, Edelberto Torres-Rivas, Edgar De León, Edgar Rosales, Eduardo Guiarte, EducaGuatemala, Elizabeth Florián, Elizabeth Rojas, Elsa Tió, vicepresidenta Pen Club Puerto Rico; Emilio del Valle, Universidad de Carolina del Norte; Ernma Chirix, Enrique Álvarez, Erika Luther, Escuela de Teología y Pastoral Monseñor Gerardi, Estuardo Galdámez, Esvin López, Eugenio Redondo, poeta costarricense; Eva Cameros, Evelyn Blanck, Félix Alvarado, Fernando López, Francisca Gómez Grijalva, Francisco Cabrera, Francisco Nájera, Francisco Vaquero, poeta español; Gabriel Mazzarovich, periodista uruguayo; Gabriela Carrera, Gabriela De Cicco, Georgina Estrada, Gerardo Otero, Universidad de Carolina del Norte; Giovanni Duarte, Giovanni Melendez, Gloria Chacón, Universidad de Califomia en San Diego; Grendy Menchú, Grupo de Teatro Tercera Llamada, Guadalupe Salinas Valle, Harvey Taylor, Heidi Grajeda, Helen Mack Chang, Helvi Mendizábal, Ileana Ordoñez, Incidencia Democrática, Indira Flamenco, poeta hondureña; Inés Hernández, Universidad de California en Davis; Ingrid Urízar, Irasema Herrera, Iris Ren, lrmalicia Velásquez Nimatuj, Isabel Aguilar, Isabel Solís, J. Kehaulani Kauanui, Universidad Wesleyana de Connecticut; Jacqueline Torres, Jakeline Paredes, Javier de León, Javier Mendoza, Jean Franco, Universidad de Columbia; Jean Jackson, Universidad Tecnológica de Massachusets; Jennifer Casolo, Jennifer Collins, Universidad de Wisconsin-Stevens Point; Jesús Hernández, Jesús Navarro, Escuela de Estudios Hispanoamericanos de España; Jonathan Menkos, Jorge Mario Mendoza, Jorge Mazzarovich, presidente Comisión de Relaciones Internacionales del Frente Amplio, Uruguay; José Bamoya, José María Cotarello, poeta español; José Miranda, José Molina, José Román, alcalde de San Lorenzo Puerto Rico; José Rodolfo Kepfer, José Rojas, José Vásquez, puertorriqueño; Juan Caños Carrera, Juan Escobar , Juan Gimeno, Juan Pablo Ozaeta, Juan Pablo Roa, poeta colombiano; Juan Vásquez, Juan Vandeveire, Juana Ramos, poeta salvadoreña; Julián López, Universidad Nacional de Educación a Distancia de España; Julieta Hernández, Julio Donis, Justo Pérez, Karen Motta, Karen Ramos, Karin Slowing, Karina García, Karla Maldonado, Kary Cerda, poeta mejicana; Kenia Herrera, Laura Asturias, Laura Lenci, Universidad Nacional de La Plata, Argentina; Leonel Velásquez, Leslie Lemus, Leticia Castillo, Lidda Ávila, Ligia Flores, Ligia lxmucané Blanco, Ligia Peláez, Lilian Bravo, Lily Muñoz, Linda Carrera, Linda Craft, Universidad de North Park, Chicago; Linda Green, Universidad de Arizona; Lisette Aguilar Prado, Lizbeth Gramajo, Lorena Carrillo, Benemérita Universidad Autónoma de Puebla; Lorena Paiz, Universidad de Texas; Louise Pisano, Lourdes Álvarez, Lucía Abbattista, Universidad de La Plata, Argentina; Lucía Escobar, Lucía Samayoa, Lucrecia Molina Theissen, Lucy Chau, poeta panameña; Luis Adolfo Morales, Luis Humberto Choc, Luis Morales, Luis Pedro Taracena Aréola, Magalí Rey Rosa, Manolo García, Manuel Camposeco, Manuel González, Manuel Montejo, Manuela Camus, Universidad de Guadalajara; Mara Luz Polanco, Marcela Gereda, Marcelo Morales, poeta cubano; Marco Santízo, Margarita Carrera, Margarita Drago, poeta argentina; Margo Tamez, lipan apache; María Alejandra Taracena, María Chúa, María del Rosado Toj, María Eugenia Díaz, María Fernanda Escobar, María José Rosales Solano, María Luisa Aumesquet, María García, María Rosado Tiu, Marcelo Coj, Mariam Arenas, Mariana Mora, CIESAS, México; Maribel Rivas Vasconcelos, Marielos Monzón, Mario Sosa, Maritza Urrutia, Marisol de la Cadena, Universidad de California en Davis; Marta Aju, Mharta Galván, Mateo Herrera, Maya Cu, Maya Lemus, Mercedes Fuentes, Mercedes Rodríguez, Miguel Ángel Albizures, Miguel Ángel Sandoval, Miguel Itzep, Mildred Abaj, Mildred Motta, Miriam Legarreta, Mónica Mazariegos, Myriam Bianchi, poeta uruguaya; Nelson Ayala, Nelson Escobar, Nery Villatoro, Néstor Buc, Noé Roquel, Norma Chinchilla, Universidad Estatal de Long Beach, California; Olga Contreras, Olga Iriarte, Olga Villalta, Oscar López, Osrnan Enríquez, Otto Rivera, Pablo Sigüenza, Pascha Bueno-Hansen, Universidad de Delaware; Patricia Martínez, Patricia Orantes, Pedro Ávila, poeta puertorriqueño; Pedro Miguel, Peter Marchetti, Pilar del Barrio, Racha! Sieder, CIESAS, México; Ramón Cadena, Raúl De La Horra, Raúl Salazar, Rebeca Becerra, Reinaldo Álvarez, profesor puertorriqueño; Ricardo Falla, Ricardo Marroquín, Ricardo Rivera, Roberto Samayoa, Robin DeLugan, Universidad de California; Rhonda Neugebauer, Universidad de California en Riverside; Rodrigo Rey Rosa, Rogelio Ruiz, profesor puertorriqueño; Rornané Landaeta, Universidad Austral de Chile; Rosa María Wantland, Rosalina Tuyuc Velásquez, Rosalinda Hernández Alarcón, Rosario Escobado, Rosaura Raguex, Rosina Cazali, Roxana Volio, Rubén Godoy, Ruth Piedrasanta Herrera, Sabina Longhitano, Sachie Hernández, curadora de arte cubana; Santiago Bastos, Santos Reyes Toj, Sara Ruiz Vallejo, Sergio Borges, Shannon Speed, Silvia Soto, Silvia Trujillo, Simona Yagenova, Sonia Lix, Sylvia Escárcega, Tania Palencia, Stefano Varese, Universidad de California en Davis; Susanne Jonas, Universidad de California en Santa Cruz; Thomas Ward, Tracy Devine, Universidad de Miami; Timothy Wickharn-Crowley, Úrsula Roldán, Verónica Haydee Paredes, Verónica Sajbin, Verónica Tobar, Vicente Chapero Ayala, Víctor Ferrigno, Victoria Chanquín, Vilma Reyes, poeta y presidenta del Festival Internacional de Poesía de Puerto Rico; Vilma Sandoval, Violeta Pujols, poeta puertorriqueña; Walda Barrios-Klee, Wendy Santa Cruz, Williarn Pérez, poeta puertorriqueño; Winston Morales, poeta colombiano; Yara Contreras, Yolanda Aguilar Urizar, Yolanda Duque, poeta chilena; Yolanda Salinas, Yrene Santos, poeta dominicana.

   

martes, 23 de abril de 2013

¿Guardianes de qué paz? La paz se construye con justicia, Rigoberta Menchú, Rosalina Tuyuc, Otilia Lux de Cotí, Amílcar Pop, Carolina Escobar Sarti, Marielos Monzón, Ricardo Cajas, Juana Vázquez, Eduardo de León

   

    En un campo pagado divulgado el pasado 16 de abril, un grupo de reconocidas voces, pretendieron erigirse como la autoridad moral de la paz capaz de sentenciar el futuro y la historia del país. Fue tanta su preocupación por el destino de Guatemala que no tuvieron empacho en sacar de sus humildes bolsillos una buena cantidad de miles de quetzales para anunciar que Guatemala,' si no se detiene el juicio por genocidio, considerado una “fabricación”, desde su punto de vista, “se revertirá la paz hasta ahora alcanzada”. Léase retorno a la violencia política del pasado.

    A manera de ubicación en el contexto, por todo el mundo percibido, están en el banquillo de los acusados, por vez primera, frente a un tribunal, militares de alto rango acusados de perpetrar crímenes contra la población civil durante el conflicto armado interno. Los acusadores y testigos: víctimas y familiares de éstas, todas de origen maya-ixil.

    Los estadistas “guardianes de la Paz” llegaron a comprender que la acción judicial, por genocidio, emprendida por las víctimas, hombres y mujeres, mayaixiles , constituye un serio peligro para el país, y que por lo mismo éstas son las que están traicionando la paz y serán las responsables de dividir al país. Porque de no ser en ese sentido, con esas aseveraciones lucen en todo su esplendor unas clásicas sentencias discriminatorias guatemaltecas: “los indios son traidores”, “los indios son ignorantes manipulados” culpables del atraso del país.

    El punto de vista de “los guardianes de la Paz” sobre el juicio por genocidio evidencia la posición con la cual dotaron al gobierno que sirvieron. Alvaro Arzú, como Presidente de la República, se negó a reconocer el Informe Memorias del Silencio de la Comisión de Esclarecimiento Histórico. Ahora se entiende, jus tamente porque en éste se reconoce que en Guatemala, durante el conflicto armado interno se cometió genocidio no solo contra los Mayas-Ixiles, sino contra los Mayas-Kiches, los Mayas- Q'anjobales, los Mayas- Chujes - y los Mayas-Achís. Resultan entonces incuestionablemente falsas sus preocupaciones por el resguardo de la paz, la reconciliación, la verdad y la justicia para las víctimas. Y sobre todo por la existencia y el futuro de los pueblos indígenas en virtud de que con ello reafirman que solo utilizaron nuestra condición indígena para negociar. ¿Negociar qué? Ahora también se entiende: impunidad.

    Con la posición de “los guardianes de la Paz” el tema es ¿Podían negociar la impunidad por las víctimas? ¿Qué paz se traiciona? Y ¿quién divide a quién? ¿Por qué “los guardianes de la Paz” no se pronunciaron sistemáticamente desde hace 15 años por el incumplimiento de los Acuerdos de Paz? ¿Por qué no se han pronunciado sobre el hecho de que en el tiempo de paz que defienden y pregonan la división no la provocan los indígenas sino quienes les han sometido? ¿Acaso no basta para comprender esa realidad la persecución, la criminalización, los secuestros y los asesinatos de que en este tiempo son objeto los líderes indígenas por defender sus derechos? Y por último ¿Acaso no se han preguntado que efectivamente con la posición pública que manifiestan avalan la posición de los acusados individuales e institucionales, no de defenderse sino de atacar por cuanto les otorgan la condición de víctimas? Eso se entiende cuando afirman que con la acusación de genocidio existe el peligro inminente de que la violencia política reaparezca. Nuestro punto de vista es que a la paz le antecede la verdad y la justicia. “Los guardianes de la Paz” manifiestan, por ello, una doble moral hablan de estas pero lo que pretenden, por punto de vista o propio o por conveniencia, es la impunidad y el olvido.

   

lunes, 22 de abril de 2013

La verdadera paz nace de la justicia


    En las últimas semanas, la ciudadanía se ha visto inmersa en un fuerte, aunque necesario, debate en torno al juicio por genocidio. Sin embargo, más que argumentar sobre los méritos del caso, los ataques se han centrado en la persona e intenciones de los promotores del juicio. Si queremos reconciliación, tendremos que conocer y condenar los actos injustos del pasado y a sus perpetradores, y dar voz a las víctimas. Callar sólo atenta contra la sociedad y la legitimidad del Estado de Derecho.

Hubo actos de genocidio
    El conflicto armado no fue un genocidio en su totalidad, pero sí hubo entre 1980 y 1983 actos de genocidio contra pueblos indígenas. Esto no está a debate, pues fue constatado por la Comisión para el Esclarecimiento Histórico; y, a pesar del nivel de crueldad y saña, tales actos de exterminio no fueron excesos individuales, sino medidas institucionales racionalmente planificadas y ejecutadas. La Ley de Reconciliación Nacional no concedió amnistía por genocidio, por lo que pueden llevarse a cabo juicios sobre los hechos.

Una paz sin justicia
    El proceso de Paz entre guerrilla y Estado no sólo buscaba terminar el enfrentamiento y reconciliar militares con guerrilleros. Buscaba también reconciliar a los guatemaltecos y sanar el dolor de la violencia contra la población civil. La amnistía sirvió para cerrar el enfrentamiento, pero no la confundamos con reconciliación, ni justicia. El conflicto terminó, pero debemos seguir construyendo la paz para todos.

    Para que el enfrentamiento no volviera, se propusieron cambios sociales y económicos, y rescatar la memoria histórica. Sin embargo, la desigualdad, el racismo, la exclusión, la pobreza y la conflictividad persisten. La reconciliación se quiso conseguir sin justicia, y en silencio.

Un juicio determinante
    El juicio nos permite escuchar a las víctimas, conocer los hechos, reconocer la responsabilidad de los mandos superiores para no repetir la historia. No se trata de juzgar al ejército, ni sólo juzgar soldados, ni siquiera juzgar sólo militares. Se trata de afirmar una justicia igual para todos, que deduce responsabilidades dentro del debido proceso.

    Contrario a muchos planteamientos el juicio no es una amenaza, ni responde a una supuesta sed de venganza. La verdadera amenaza es la vieja herida que sigue sin sanar, y la negativa a curarla.

    Buscar justicia es una aspiración legítima y preocupa que quienes promueven el juicio sean amenazados con fantasmas de violencia política, o invocando conspiraciones externas.

    Este juicio pone a prueba la imparcialidad de los operadores de justicia y presenta
una oportunidad excepcional para fortalecer el sistema de justicia. Aquí se demuestra
la capacidad del país de construir un futuro con democracia y paz.

Queremos paz con justicia
    Más que distraernos con amenazas, si queremos paz debemos construir una Guatemala justa. Consolidemos nuestro sistema jurídico y el Estado de Derecho y respetemos el proceso judicial. La paz legítima es resultado de la justicia.

Alba Cecilia Mérida, Alejandra Herrera, Alejandro Flores, Alicia C. Herrera L., Álvaro Esteban Pop, Amílcar Leonel Dávila Estrada, Ana Lucrecia Molina Theissen, Anabella Acevedo, Antonio José Romero E, Byron Garoz, Carlos Antonio Mendoza Alvarado, César Ramiro García, Claudia Verónica López Robles, Daniel Roberto Otzoy García, Delmi Garrido, Dorotea Gómez Grijalva, Edgar Rolando Barillas, Emma Chirix, Engler Leonardo García Tubac, Félix Alvarado, Flor de María Castañeda Maldonado, Gabriela Ávila Álvarez, Gladys Bala, Glenda García García, Helen Mack Chang, Helena Solares, Helvi Mendizabal, Ilka Oliva, Irene Mendoza Sagrera, Iris Carolina Sosa Pérez, Jorge Mario Rodríguez, José Moreira Ramírez, Joseline Carías Galeano, Juan Carlos Vázquez Medeles, Juan Angel García Tubac, Juan Pensamiento Velasco, Karen Ponciano Castellanos, Karin Slowing Umaña, Laura Rosa Nelly León Noriega, Libertad María Eugenia de León Castellanos, Ligia lxmucané Blanco, Ligia Z. Peláez Aldana, Lily Muñoz, Lucía Terron Gómez, Lucrecia Hernández Mack, Luis Pedro Taracena, Ma. Verónica Sajbin Velásquez, Manolo E. Vela Castañeda, María Victoria García, Mariel Aguilar, Maria Muj García, Marlon Estuardo Urizar Natareno, Matilde González, Nelly de la Torre, Oscar H. Gatica G., Patricia Cortez, Raúl Figueroa Sarti, Rosa Tock, Ruth Betsabé Ovando Hernández., Ruth Piedrasanta, Samuel Perez-Attias, Sandra Echeverría De León, Sara Dalila Arévalo Vásquez, Virgilio Alvarez, Vivian Salazar Monzón, Walter Flores, Xavier Soria J., Ximena Morales.



sábado, 20 de abril de 2013

Se busca abogado defensor que sea enemigo del juez

    Imaginen ustedes un sistema judicial en el que los acusados, con el pretexto del derecho de defensa, solicitan que se les cambie a sus abogados defensores y nombran a un abogado que es reconocido por su enemistad con el juez. No habría manera de juzgar a nadie, ya que siempre se encontrará un abogado que pueda decir: “El juez y yo tenemos una enemistad tan grave, que la sentencia que dicte corre el riesgo de ser en contra de mi defendido, y ello será porque pretende hacerme daño.”

    Para evitar que las sentencias judiciales estén sesgadas por la amistad o la enemistad entre jueces, acusados, acusadores y abogados es que los procedimientos permiten que las partes puedan recusar a los jueces y que los jueces puedan excusarse. Pero ello está planteado como recurso a favor de la justicia, no como recurso en contra de la justicia.

    Seguramente para evitar esto último es que la Ley del Organismo Judicial de Guatemala, en el artículo 201 (prohibiciones) señala que a los abogados les está prohibido: “a) Actuar en los juicios en que el juez tuviere que excusarse o pudiera ser recusado a causa de la intervención del profesional.”

    Cuando se inició el debate para enjuiciar por genocidio a dos militares retirados, en una maniobra absolutamente ilegal los abogados defensores pretendieron que la jueza presidenta del Tribunal se excusara debido a que uno de los abogados que se incorporó a la defensa tenía “enemistad” con ella.

    De manera tendenciosa los amigos de los acusados que tienen amplísimos espacios en los medios de comunicación (escrita, radial y televisada) han presentado el rechazo del Tribunal a la participación de ese abogado como una violación al derecho de defensa. Se olvidan, o ignoran, o ambas cosas a la vez, que el abogado tenía prohibición para representar a los acusados, por la misma razón que él adujo para pretender que la jueza presidente se excusara: los abogados tienen prohibido actuar en los juicios en que el juez tenga que excusarse o pueda ser recusado.

    Quién violó la ley no fue el Tribunal, sino el pretendido defensor emergente.

    Aparentemente este asunto había quedado superado, a la espera tal vez de ser usado en una posible apelación, posteriormente a que el tribunal dictara sentencia. Sin embargo según noticias de prensa (http://www.prensalibre.com/noticias/justicia/Sala-Tercera-suspende-debate_0_904709537.html), una sala de apelaciones decretó la suspensión del debate temporalmente, para resolver un amparo presentado por el abogado que pretendía que el tribunal le permitiera violar el inciso a) del artículo 201 de la Ley del Organismo Judicial.

    Vale la pena, entonces, volver a leer dos artículos de la Ley del Organismo Judicial:
“Artículo 1.— Normas  generales. Los preceptos fundamentales de esta ley son las normas generales de aplicación, interpretación e integración del ordenamiento jurídico guatemalteco.
Artículo 201—. Prohibiciones. Es prohibido a los abogados:
 a) Actuar en los juicios en que el juez tuviere que excusarse o pudiera ser recusado a causa de la intervención del profesional.
b) Invocar leyes supuestas o truncadas.
c) Revelar el secreto de su cliente.
d) Abandonar, sin justa causa, los asuntos que hubiere comenzado a defender.
e) Interrumpir el discurso o declaración de la parte contraria o de su abogado.
f) Exigir a su cliente honorarios mayores que los concertados o los que fijan los aranceles.
g) Defender a una parte después de haber principiado la defensa de la otra en el mismo asunto.
h) (Suprimido por el Decreto 64-90 del Congreso de la República).
i) Faltar al cumplimiento de las demás obligaciones que prescriben las leyes y reglamentos.
Los tribunales están obligados a proceder conforme a esta Ley, en los casos de infracción de este artículo.”

Sobre la presunción de intencionalidad o propósito de destruir a un grupo étnico como tal, por Marta Elena Casaús


        La intencionalidad ha sido uno de los escollos más graves a la hora de juzgar un genocidio porque no es suficiente tener motivos para ello, los motivos son poco relevantes en un juicio de esta naturaleza. Lo que es necesario probar, en el derecho internacional, es la intencionalidad de destruir a un grupo.

    Para medir la intencionalidad es necesario tener conocimiento pleno del hecho y plena conciencia de haber producido esos daños y lo que es más difícil aún constatar que hubo dolo específico por parte del perpetrador de cometer dicho acto, dejando al margen al Estado.

    Sin embargo, para el código penal guatemalteco, observando las dificultades y ambigüedades de este tecnicismo, han preferido utilizar la palabra “propósito”, en lugar de “intención”. La diferencia radica en que la intención supone una determinación de la voluntad de ejecutar un acto con un fin determinado, y, sin embargo, el propósito, supone un ánimo de hacer o no una acción e indica una forma de proceder, lo cual le confiere al término una mayor amplitud y flexibilidad que la intencionalidad, que exige una voluntad firme de ejecutar una acción.  

    No obstante, en el caso de Guatemala, no se puede negar la intencionalidad de eliminar a un grupo por el simple hecho de suponer que eran subversivos o por el papel que jugaron en el conflicto armado, por el simple hecho de ocupar un espacio geográfico en donde les tocó vivir y en este caso morir.

    La intención o el propósito de destruir a un grupo puede ser inferida por cierto número de presunciones debidamente relacionadas e interconectadas con el delito de genocidio y que han sido estudiadas en otros casos de genocidio para determinar si fue un genocidio, un crimen de guerra u otras formas de violencia colectiva y sistemática.

    ¿Cuáles son estos elementos, a juicio de dos expertos en el tema, Ernesto Verdeja y Helen Fein1 que sirven para distinguir el genocidio de otras formas de violencia? .Estas presunciones son:

    1) La presunción de provocar asesinatos masivos o masacres genocidas en niños, ancianos y mujeres.

    2) Destrucción de viviendas, símbolos culturales y religiosas

    3) Cementerios clandestinos y o fosas comunes

    4) Despersonalización y deshumanización de las víctimas

    5) Declaración de enemigo público o grupo perseguido

    6) Intentar borrar los signos de identidad

    7) Destrucción total o parcial del grupo étnico

    8) Planificación minuciosa y sistemática de planes de exterminio

    En algunos genocidios se cumplen, por lo general, algunas presunciones y otras no, solo en el caso del Holocausto judío están presentes todas ellas. Vamos a analizar en el caso de Guatemala cuáles se cumplen y cuáles no.

1) La presunción de provocar asesinatos masivos o masacres en contra de niños, ancianos y mujeres.

    En el caso del juicio que se está llevando a cabo en contra del General Efraín Ríos Montt, de Mauricio Rodríguez Salazar y de otros militares del alto mando que por su enfermedad no se encuentran en el juicio, resulta evidente, por los testimonios escuchados en la sala, que el intento de terminar con las mujeres, niños y ancianos fue evidente. A las mujeres se les asesinaba, quemaba o empalaba, se les sacaba a los fetos de su tripa y se los tiraba en contra de los árboles, a las ancianas solía cortársele la cabeza y ponerla en estacas o sobre las mesas de la comida, relata un testigo. Además de las permanentes violaciones a mujeres hasta dejarlas inconscientes. Por el relato de las víctimas, no hubo ningún pueblo en donde no se cumplieran unas pautas de conducta preestablecidas, llegada al pueblo, reunión de todos los miembros, selección de la población por franjas de edad, asesinato a bala o machete a los jóvenes, reclusión de las mujeres en iglesia o centros públicos, violaciones públicas enfrente de sus familiares y acto seguido quema de todas las pertenencias de la comunidad, animales y enseres y finalmente bombardeo desde los helicópteros. Este protocolo de la violencia, lo que Fein llama patrones de conducta sistemáticos de las masacres genocidas, se cumple en casi todos los casos y no permite pensar que fueron casos aislados.

    A juicio del perito Marco Tulio Álvarez, el objetivo del ejército con los niños era eliminar “la semilla de futuros guerrilleros”, de modo que la guerra afectó a los niños en su identidad, núcleo familiar y costumbres y los desplazó a otros lugares ajenos a su medio, cuando no lo secuestró y los vendió a otras familias en el extranjero, como relata el testimonio de Jacinto.


 2) Destrucción de viviendas, símbolos culturales y religiosos

    Este segundo punto es otro de los aspectos que se repiten en casi todos los planes del ejército y en las operaciones de los grupos especiales de tarea, especialmente los relacionados con el plan Sofía. Los testimonios de las víctimas del grupo Ixil del juicio son reiterativos. Jacinta Rivera Brito relata cómo entraron en los pueblos de Sumal II Nebaj, el 22 de febrero de 1983, y como los soldados después de matar a varios miembros, “le cortaban la milpa, quemaban el maíz y robaban animales domésticos”. Cedillo Raymundo cuenta como después de matar a más de 17 personas procedieron a “quemar mi casa, las mazorcas y otras cosas”. Este afán de masacres colectivas y destrucción de las casas, aniquilamiento de animales y todos los enseres y bombardear las comunidades, obedece a la máxima del ejército de “quitarle el agua al pez” o “al árbol las raíces” o la frase de Ríos Montt de que hay que “quitar el mar humano donde nadan los peces de la guerrilla”. Este hecho de quemar la milpa ocurre en otras comunidades Q´eqchíes, lo cual prueba los patrones de conducta del ejército.

    Según el perito, Ramón Cadena, el ejército de Guatemala creó una doctrina militar para atacar a la población civil considerada como el enemigo y esta doctrina violó todas las normas del derecho internacional.

3) La existencia de fosas comunes y cementerios clandestinos:

    Ésta ha sido una de las practicas más comunes y que mejor documentadas se encuentran por los trabajos realizados por la Oficina de Antropología Forense en donde el equipo de Fredy Peccerelli ha detectado más de 1.776 osamentas en los 314 trabajos de exhumación en el área Ixil y 1.893 esqueletos en otras fosas en Quiché, a su juicio, todos los cadáveres se encontraban en estado de indefensión, es decir, era población no combatiente. El número de mujeres, niños y ancianos con claras huellas de tortura y violencia es superior al 50% y en una de las últimas fosas encontradas en el interior del destacamento militar de Cobán, han hallado más de 500 cadáveres en su mayoría niños mujeres y ancianos. Normalmente obligaban a la población sobreviviente a cavar fosas y a enterrarlos allí, pero otras veces, según un testigo protegido del ejército, Hugo Reyes, eran los oficiales ingenieros a los que les correspondía exhumar los cadáveres para después quemarlos.

4) Despersonalización y deshumanización de las víctimas

    La sistemática despersonalización y deshumanización de las víctimas, a juicio de los expertos en genocidio, Fein, Verdeja, Gaeta, es uno de los elementos más significativos y relevantes para distinguir entre casos de violencia aislada, actos de genocidio y/ o genocidio. Una vez exterminada parte de la población y quemados los pueblos, aldeas y caseríos y sus enseres, se pasaba a concentrarlos en los campos de refugiados, destacamentos o fincas aledañas, en donde se les sometía a todo tipo de torturas, para “ladinizarlos”, “normalizarlos” o “borrarles lo Ixil”.

    En estos espacios de aislamiento y concentración, las mujeres volvían a sufrir, torturas, vejaciones e insultos como “indias de mierda”, “coches”, “vacas” y eran violadas sistemáticamente por la tropa y los sargentos generando un sentimiento de impotencia y vulnerabilidad. El testimonio de Francisca relata como “A mi hija le abrieron el pecho y le sacaron el corazón, ¿qué culpa tenía mi niña?

    Otra de las testigos por violación relata como los soldados, “Nos tuvieron por 15 días en un calabozo, en el charco de sangre de toda la gente que habían matado… a mi hija la cacharon, 4 soldados… la violaron y ella lloraba”

    La segunda testigo narró sobre la violación sexual que vivió a sus 12 años a manos de soldados Guatemaltecos.
    “Tenía 12 años, me llevaron al destacamento con otras mujeres, allí me amarraron los pies y las manos… me pusieron un trapo en la boca… y me empezaron a violar… yo ya ni sabía cuántos pasaron… perdí la conciencia… y ya la sangre solo corría… luego ya no podía ni levantarme ni orinar…”
    Esa deshumanización y desvalorización del otro, al tratarlo como animal, conlleva una fuerte carga de racismo y de estigmatización del otro como ser inferior, prescindible y encima mujer. En algunas ocasiones, después de las violaciones y de esa deshumanización y desvalorización, las devolvían a sus comunidades para que contaran la historia, con el fin de amedrentar al resto de la población.

5) Declaración de enemigo público o grupo perseguido

    Uno de los elementos claves en la construcción de la Otredad negativa, fue la construcción de una serie de tópicos y estereotipos del otro “El indio”, reales o imaginarios, pero siempre de carácter absoluto, que constituyen uno de los elementos claves para la estigmatización del conjunto de la población Ixil. El prejuicio racial y social contra el indio se inicia con la colonia, con el empleo de tópicos como haragán, maleante, borracho, ladrón, para pasar a añadirse otro epítetos en el siglo XIX, fruto de las ideas raciales como raza inferior, degenerado, irredimible, atávico incapaz de cambiar, hasta llegar al culmen de la estigmatización del indio al que, a todos estos tópicos se les añade el de, comunista, subversivo, guerrillero, o sujeto de subversión. El temor o el imaginario del fantasma del indio sublevado aparece de manera permanente a lo largo de la historia, en el siglo XIX, en el conflicto de Patzicía, en los conflictos de Totonicapán, Quetzaltenango y, durante el conflicto armado, se llega a su máxima expresión.

    La idea del “indio” como amenaza pública, se convierte, para el ejército en la justificación del exterminio, en donde la estigmatización racial y constituye un elemento crucial. A nuestro juicio, como lo planteamos en nuestro peritaje, el racismo contribuyó notablemente a este proceso de estigmatización de todo un pueblo convirtiendo a todos los indios en guerrilleros o subversivos y potenciando su aniquilamiento. En el Plan Sofía se observa como el enemigo público, no es la guerrilla, dado que se identifican en la zona solamente 60 guerrilleros, sino las comunidades Ixiles y la población civil.

6) Intentar borrar los signos de identidad

    Si algo parece evidente en las campañas de los planes del ejército es la idea de que hay que “borrarles lo Ixil”, “ladinizarlos o normalizarlos”, es decir que dejen de ser indios. En los destacamentos y después en los planes dirigidos a su proceso de aculturación, a través de la conversión al neopentecostalismo, resultan evidentes los esfuerzos por eliminar su identidad, cultura, su religión y sus costumbres, como formas de quitarles su identidad cultural. En éste caso nos atrevemos a afirmar que, al margen de genocidio, lo que se produce es un etnocidio cultural y resulta bastante evidente en el relato de muchos de los testigos.

    En muchos casos, como opina Paredes, en los testimonios se muestra los daños a la identidad personal que afectaron a sus prácticas culturales, al obligarles a abandonar su lengua, sus ritos y su cultura, de modo que la identidad cultural fue trastocada. Este testimonio resulta muy elocuente, “lo que ellos querían era terminar definitivamente con nosotros, para que ya no existieran los indígenas”

    Todo ello nos lleva a sugerir de que junto con el genocidio se provocó a la vez un etnocidio con el intento de desidentificar culturalmente a la población Ixil y como dice en el plan Sofía “borrarlo lo Ixil” o “borrar lo maya”, a través de un proceso violento de aculturación.

7) Destrucción total o parcial del grupo étnico:

    Sobre este tema ya he elaborado algunas consideraciones en otros artículos. Sin embargo, quiero enfatizar que en los planes de campaña del ejército, especialmente, en Victoria 82, Firmeza 83, Sofía y en las tesis de ascenso del ejército, queda palpablemente demostrado el propósito del ejército de someter a la población Ixil, a una serie de castigos, torturas y vejaciones, mediante masacres colectivas a población no combatiente, así como la destrucción sistemática de sus cosechas, animales y viviendas y posteriormente aislando a la población.

    En los diversos planes del ejército, el fundamento discursivo de los planes es, reducir, exterminar, aniquilar, acabar, destruir, son comunes y reiterativas, en el Plan Victoria 82 se comenta que hay que “reducir la molestia, la amenaza subversiva y eventualmente exterminarla y el objetivo de las operaciones psicológicas para la tropa, es convencerla de la necesidad del “exterminio del enemigo”. En este mismo Plan, en el anexo H se dice textualmente “la misión es aniquilar y las tácticas a utilizar son engañarlos, encontrarlos, atacarlos y aniquilarlos”. En el Plan Sofía las órdenes de exterminio y aniquilación son aún más claras. Un documento de la CIA de febrero de 1982 comenta que “debido a que la mayoría de los indígenas del área (Ixil), apoyan a la guerrilla, probablemente será necesario destruir varias aldeas”. Los reportes que aparecen en el Plan Sofía están plagados discursivamente de este lenguaje de destrucción y exterminio. El propio plan usa el término de exterminio en su objetivo general de operaciones.

    Las tesis del ascenso del Alto Mando, prueban cómo se planifican esas masacres en el “triángulo Ixil” y cuál es el perfil de las aldeas y caseríos que se seleccionan para llevar a cabo “una intervención roja” en contra de la población.

    Según uno los peritos forenses, las pruebas resultantes de las exhumaciones prueban la cantidad de cadáveres de mujeres, ancianos y niños que se encontraban en un estado de total indefensión.

8) Planificación minuciosa y sistemática de planes de exterminio

    En los objetivos de los Planes de Campaña del ejército, se selecciona entre la población a defender y la población a aniquilar, un determinado tipo de población a recuperar, una población proclive a ser captada o tentada por el adversario, analizada en el diagnóstico de la “situación psicológica general”:

    Los planes de campaña “Victoria 82”, “Firmeza 83”, “Firmeza 83-1” y “Sofía” dividieron a la población activando diversos mecanismos de control sobre aquellos grupos que reunían determinadas características “innatas” que los hacían más proclives a la subversión, los “potencialmente” subversivos: FIL (fuerzas irregulares locales).

    En el plan de campaña “Firmeza 83” se mencionaba, entre los objetivos generales de la “estrategia militar”: “Integrar a toda la población aislándola física y psicológicamente de las bandas de delincuentes subversivos”, aclarando en los objetivos particulares su “control físico y psicológico”.

    Más claro aparece este objetivo en el plan Sofía y en las tesis de ascenso de los militares. El hecho de que en todos los documentos del Plan Sofía se considere a las víctimas no como personas, como indígenas o sujetos, evidentemente en ningún caso como víctimas, es una forma de cosificarlos o de objetivarlos y quitarles su humanidad.

    En el Plan Sofía se enumeran a los muertos o asesinados de la misma manera que se habla de las viviendas, los animales, las trampas u otros objetos, como mucho, se les considera como ENO, enemigos internos o como FIL, Fuerzas Irregulares Locales, a toda la población civil desarmada y lo que es peor aún, a los niños se les denomina como “chocolates”, haciendo clara relación a su color cobrizo. En los partes de guerra aparecen frecuentemente “se eliminaron a dos chocolates”, “FIL muertos cinco” o se les denomina como “elementos indocumentados de 17 años” o “se eliminó a un elemento vestido de civil”, “se eliminaron a 25 caballos, 70 ovejas, 35 vacas y 15 FIL”. Sólo cuando se les evacua, se les secuestra o se les hace prisioneros, vuelven a ser sujetos:

    “Se evacuaron a tres niños huérfanos”, “se evacuaron a niños, mujeres, varones y ancianos”, “capturados, niños mujeres y ancianos”. Sólo entonces recuperan su humanidad, vuelven a ser “personas”, “seres humanos con identidades de género o etaria”.

    En ningún momento se habla de población indígena o maya, el término está ausente de todo el plan son enemigos, ENO, fuerzas irregulares, FIL o, subversivos, pero el término indígena no aparece a lo largo de todo el plan, sólo para referirse a un área geográfica o a un grupo étnico el área Ixil.

    Los dos elementos claves para analizar estos planes del ejército son la existencia de una protocolización de la violencia colectiva y de las violaciones de las mujeres, tanto en el caso de las operaciones de “tierra arrasada”, como en el caso de la violación de las mujeres como lo explicaremos posteriormente.

    Dos factores que, a juicio de Verdeja y Fein, contribuyen al genocidio, los componentes ideológicos que refuerzan el genocidio y los discursos racistas o teorías del exterminio. El discurso oficial o público elaborado a favor de un grupo y en contra del otro, con el fin de justificar una opresión humillación, explotación o un sistema de dominación en Guatemala fue, a mi juicio el caldo de cultivo que permitió el genocidio.

    En ambos casos, en Guatemala ya existían unas condiciones preexistentes muy favorables para que este proceso se llevara a cabo. De modo que mi conclusión en el peritaje en contra de Ríos Montt y de Mauricio Rodríguez sobre éste tema fue que, el discurso racista de las elites de poder, militares, políticas y económicas, es el que va a justificar ideológicamente, la eliminación de un grupo frente a otro, al catalogar a las comunidades Ixiles como enemigos públicos y equiparar a todos los “indios" o a los Ixiles como subversivos.

    La consolidación del racismo de Estado que llega a su máxima expresión con el genocidio alcanzó su culminación y manifestó su máxima intensidad con la crisis de dominación militar oligárquica, con la irrupción del movimiento popular y revolucionario y la aplicación, sin límites ni medidas, de la contrainsurgencia. Esto fue debido al sustrato racista de la sociedad guatemalteca, al contexto histórico-estructural del racismo y a la profundización e intensificación del estereotipo y estigmatización de los indígenas al equipararlos a enemigos públicos del Estado y a guerrilleros. Fue entonces cuando el racismo, operó como una ideología de Estado como un mecanismo de eliminación, como una maquinaria de exterminio en contra de un grupo étnico provocando un genocidio.

    De modo que, según Helen Fein, las condiciones para dictaminar si se produjo un genocidio u otro tipo de violencia colectiva, están fijadas en función de la presunción de intencionalidad y, en el caso, por el código penal guatemalteco, con “el propósito de infringir daño físico y mental total o parcial a un grupo étnico”.

    Si tomamos en cuenta estos elementos como base y referencia al caso del Holocausto judío, por ser el modelo del que parten todos los demás casos de genocidio en el mundo, podemos comprobar para nuestra vergüenza y para nuestra desgracia, que Guatemala cumple con todas las condiciones propuestas como presunciones de intencionalidad para declarar este juicio como un genocidio en contra de la población Ixil y como un crimen de lesa humanidad.

    Sólo si hacemos justicia y se dicta una sentencia justa, podremos contribuir a cerrar las heridas de una guerra atroz y sin cuartel en contra de la población desarmada y en contra de un grupo étnico y, ayudar a que la población sane sus mentes y sus corazones y puedan, por fin, descansar y mirar el futuro con esperanza.

    Una sociedad será tanto más madura cuanto más respete la ley y la justicia por convicción y consenso de todos sus ciudadanos.

Publicado en La Hora: http://www.lahora.com.gt/index.php/nacional/guatemala/reportajes-y-entrevistas/176529-sobre-la-presuncion-de-intencionalidad-o-proposito-de-destruir-a-un-grupo-etnico-como-tal

viernes, 19 de abril de 2013

Impunidad y rearticulación de los actores en contra del pueblo en el juicio por genocidio, URNG

    El partido Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG), a la opinión pública nacional e internacional manifiesta:

    1. En el juicio seguido contra los generales José Efraín Ríos Mont y José Mauricio Rodríguez Sánchez, sindicados por genocidio, se ha evidenciado la continuidad de la impunidad implementada desde la época contrainsurgente como elemento consustancial a la represión como política del Estado, siendo el sistema de administración de justicia, uno de los principales soportes de esta política. En este caso se evidencia la utilización, manipulación y distorsión del ordenamiento jurídico vigente para entrampar el proceso, obstruir la justicia y favorecer a los sindicados.

    2. Irrespetando la independencia de poderes establecidos en la Constitución Política de la República, el actual presidente General Otto Pérez Molina, en reiteradas ocasiones ha emitido opiniones, negando la existencia de actos de genocidio durante la guerra interna. Esta posición política la ha implementado la Asociación de Veteranos Militares de Guatemala (AVEMILGUA), la apócrifa Fundación contra el Terrorismo, y otras organizaciones, cuyas acciones no hacen más que recordar los procedimientos que utilizaron unidades operativas de la inteligencia militar. En esta misma dirección se inscribe la declaración distorsionadora de la realidad, que con el título de “Traicionar la paz y dividir a Guatemala”, emitió un conjunto de ex funcionarios del gobierno de Álvaro Arzú, quienes aseveraron que el juzgamiento de los delitos antes señalados, conllevaría “la reaparición de la violencia política”, pretendiendo con ello exculpar al Estado de su responsabilidad en la aplicación de la represión contra del pueblo.

    3. El Informe de la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH), emitido en febrero de 1999, y aceptado públicamente por URNG y cuyas recomendaciones han sido desestimadas por todos los gobiernos a partir de la firma de la paz, estimó que durante la guerra interna se produjeron más de 200,00 muertos y desaparecidos, identificó la comisión de por lo menos cuatro actos de genocidio, especificando dentro de ellos al pueblo Ixil, y señaló a su vez la responsabilidad del Estado en el 93% de los hechos cometidos.

    4. Los aspectos señalados fueron identificados en el marco de los Acuerdos de Paz, habiéndose suscrito compromisos para solucionarlos de la mejor manera. Sin embargo, después de su incumplimiento, asistimos a un proceso de continuado deterioro político, social, económico, cultural, ambiental y ético, que hubiese podido ser evitado, además del recrudecimiento de la violencia política ejercida aún hoy en día por el Estado en contra del pueblo, quien actúa legítimamente por la defensa de sus derechos y que, por el contrario, es sindicado, perseguido, capturado, secuestrado y asesinado, utilizando los mismos métodos que en el pasado.

    En base a lo anterior, URNG llama a:

    1º. Retomar el cumplimiento de los Acuerdos de Paz, como el camino establecido para lograr la paz firme y duradera, la democracia y el desarrollo resaltándose en este momento las profundas e indispensables reformas al sistema de justicia y el apego de la Ley de Reconciliación Nacional, que excluye expresamente los delitos de genocidio y crímenes de lesa humanidad, los cuales son imprescriptibles.

    2º. Respetar plenamente la autonomía del sistema de administración de justicia y erradicar las maniobras que reproducen la impunidad como se ha observado en el momento actual.

    3º. Reafirmar la solidaridad con las víctimas y sobrevivientes del genocidio y en particular con el pueblo Maya-Ixil, exhortándoles a mantener vigente su memoria histórica, la exigencia y defensa de sus derechos y su inclaudicable lucha por la verdad y la justicia.

    4º. Solicitar a la comunidad internacional y a los organismos establecidos en materia de derechos humanos y justicia, a continuar acompañando los procesos de lucha contra la impunidad, la observancia de los derechos de la población y la aplicación del derecho internacional.

    5º. Cesar inmediatamente la represión contra el pueblo y la persecución selectiva, pública y privada, en contra de dirigentes sociales, afiliados y militantes de URNG.

    Comité Ejecutivo Nacional

    Guatemala, 19 de abril de 2013

  


   

¿¿Justicia!!



    El 18 de abril de 1982 soldados del ejército de Guatemala, en distintos lugares y horas del territorioa nacional, cometieron diversos actos criminales en contra de hombres y mujeres, adultos y niños. Entre esos delitos están: con disparos  de arma de fuego asesinaron a María Ceto y a su hija María Elena Lainez, de dos años de edad; en el interior de una vivienda quemaron vivos a Jerónimo, Sebastián y Tomás Tzoc Mejía; a Eulalio Santizo Real lo colgaron del cuello con un alambre espigado y a Cipriano Mejía Zapeta le dispararon con arma de fuego; se deshicieron de los los cadáveres de Paula Cristal y de su esposo, a quienes asesinaron en su casa; y ejecutaron a Samuel y Gregorio Yat López, Miguel Yat Tiquiram y Ramón Tum.

    El 18 de abril de 1982 el comandante general del ejército que viola la ley para “restaurar el imperio de la ley” es un general pastor evangélico de nombre José Efraín Ríos Montt, quien con toda la prepotencia propia de los criminales armados y que se saben impunes afirma una y otra vez que no se mueve una hoja del árbol sin su voluntad y que él tiene control absoluto de sus tropas.

    El 18 de abril de 2013, 31 años después, el jefe de las tropas asesinas está siendo juzgado por genocidio. El anciano general tiene suerte. A él lo juzga un tribunal, en lo que se llama “debate oral y público”. Él no solo fue comandante. También fue juez supremo: pero los acusados por él fueron procesados en secreto. Nadie sabe quiénes fueron los jueces, ni si tuvieron abogados defensores. Él y su acompañante, un hombre oscuro, que 31 años antes jugó el papel de “ojos y oídos” del jefe supremo, gozan de una defensa como nadie ha tenido en ese pequeño país. Pero no en la sala de audiencias, sino afuera.

    El 18 de abril de 2013 una jueza de pública y reconocida trayectoria a favor de la impunidad y la denegación de justicia resuelve anular lo actuado judicialmene en el proceso durante casi dos años. Temporalmente, e inciertamente, ella --a quien se le empieza conocer como “la jueza de la impunidad”, “jueza de la vergüenza”, “jueza de la injusticia”—suspende el juicio. Pero no tiene autoridad para hacerlo. Llegó tarde.

    El 18 de abril de 2013, 31 años después, el hombre que ordenó asesinatos y violaciones de niñas, sonríe y se burla de sus víctimas. Pero su victoria es pírrica. El país ha escuchado y visto a sus víctimas. Él ha tenido oportunidad de demostrar que las acusaciones carecen de sustento, pero no lo ha hecho. Mientras él siga haciendo uso del poder extrajudicial de que goza, él y sus amigos, para evadir a la justicia, seguirá siendo un criminal de guerra que huyó de la sala de audiencias para evadir la sentencia.

    A pesar de que temporalmente se impusieron el poder económico, político y militar para asesinar a la justicia, la justicia sigue viva, la justicia empieza a caminar, porque la justicia no es una resolución, la justicia es una esperanza y mientras tengamos esa esperanza la justicia crecerá.


En la noche oscura, la justicia se insinúa como una pequeña mancha de luz.

jueves, 18 de abril de 2013

Llamado a la paz y a evitar la confrontación social, por Procurador de los Derechos Humanos


    En su debida oportunidad, me pronuncié ante la apertura a juicio contra los generales José Efraín Ríos Montt y José Mauricio Rodríguez Sánchez, acerca de su presunta responsabilidad por los delitos de deberes contra la humanidad y genocidio contra la población Ixil durante los años 1982-83, manifestando mi anhelo porque el proceso se celebrara con objetividad, imparcialidad y plena aplicación de la justicia.

    Asimismo, exhorté a toda la población guatemalteca para que, sea cual fuere el resultado del juicio, la sentencia fuera aceptada con madurez y responsabilidad, pues lo que se debe buscar es el fortalecimiento del sistema de justicia y del Estado de Derecho. Como Procurador de los Derechos Humanos, respetuoso de la independencia del Organismo Judicial y de la autonomía del Ministerio Público, he acompañado el desarrollo del juicio, en cuanto al respeto de los derechos humanos de ambas partes.

    En las últimas semanas, diversas acciones y pronunciamientos que atraen a la polarización, insinúan e incluso podrían incitar a la violencia, me hacen reiterar la necesidad de apelar al sentido de nación y espíritu democrático de toda la población guatemalteca, para que no se dejen manipular por ningún tipo de presiones ajenas al debido proceso y al ejercicio imparcial de la justicia.

    Ante el avance del proceso judicial llamo a la cordura, al respeto a la vida, a la paz social y al fortalecimiento del sistema democrático guatemalteco.

   
Jorge Eduardo De León Duque
Procurador de los Derechos Humanos

Guatemala, 17 de abril de 2013.


No existe paz sin verdad y justicia


    Los abajo firmantes motivados por preservar la paz en Guatemala basada en la justicia y el respeto por los Derechos Humanos, deseamos responder al campo pagado del 16 de abril, suscrito por exfuncionarios del gobierno en el período de enero de 1996 a enero del 2000, y titulado “Traicionar la paz y dividir a Guatemala”, que coincidió en el mismo día de la publicación del comunicado de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos que expresa lo contrario.

    En principio el título de su campo pagado pretende forzar la idea de que exigir justicia, que es un Derecho Constitucional y un Derecho Humano Internacional, significa “traicionar la paz y dividir Guatemala”, ¿De qué mente puede derivarse esta tergiversación?, demandar justicia es parte del orden jurídico constitucional y base fundamental de toda democracia.

    Los Acuerdos de Paz de Guatemala sí tenían como fin supremo lograr la reconciliación, pero no como se manifiesta en el campo pagado “entre el ejército y la guerrilla”, sino entre TODOS los sectores del pueblo de Guatemala.

    Cabe recordar que el ejército defendía ciertos intereses y el movimiento revolucionario otros, de diferentes sectores sociales y que, ninguno existió en abstracto, pues ambos representaban intereses distintos.

    La reconciliación es el objetivo primordial de todo proceso de transición, pero esta no consiste en la acción irresponsable de pretender olvidar el pasado, por el contrario, consiste en asumirlo plenamente con sus consecuencias como una necesidad para poder construir un futuro distinto.

    La Paz en Guatemala se logró porque todos los sectores se agotaron y reconocieron que la guerra no era la solución para nadie. Pero el problema es que la Paz no trajo consigo las transformaciones necesarias del país y, como dicen los autores del campo pagado, “las condiciones estructurales que los Acuerdos de Paz pretendían transformar, aún persisten”. Lo que presentan como el principal logro de dichos Acuerdos es que “lo que está fuera de toda duda y constituye el principal objetivo alcanzado, es que a lo largo de los dieciséis años transcurridos desde su suscripción, la violencia política desapareció”, afirmación que reconocemos como válida, pero que queda corta, pues la violencia política desapareció, pero la violencia del crimen organizado se desarrolló en forma exorbitante como consecuencia de que en la transición no se fortalecieron las instituciones del Estado y, en particular la Seguridad Civil y el Sistema de Justicia. Hoy tenemos más muertes violentas por día, que durante el conflicto armado, aun cuando sean de diferente naturaleza.

    El campo pagado dice “tanto las expresiones políticas de la insurgencia como cualesquiera otras se han desenvuelto en un clima de libertades y de seguridad”. Ciertamente, hay más libertades que durante el conflicto, pero la segunda afirmación es falsa pues ni por asomo podemos hablar de más seguridad, con lo que una tiende a neutralizara la otra. Hoy, protestar contra una concesión de una licencia de minería implica ser reprimido, detenido, encarcelado y etiquetado como terrorista. Incluso la presencia y cooperación internacional es condenada públicamente como financistas del terrorismo y el sistema de Naciones Unidas es tratado como un órgano de intervención extranjera.

    Entonces, ¿de qué Paz y reconciliación hablan estas personas? Después hacen una afirmación confusa: “a pesar de ser la reconciliación el objetivo supremo, los Acuerdos de Paz propusieron un proyecto de ley de reconciliación nacional” no sabemos si ellos se han percatado de que esta ley tenía el propósito de establecer una amnistía para los actos de violencia entre las partes del conflicto, pero dejaba incólume el principio de que era inaceptable cualquier acto de violencia contra la población civil y en particular el Artículo 5 de dicha Ley, establece que son inaceptables bajo cualquier circunstancia e imprescriptibles los delitos de Lesa Humanidad: la práctica sistemática de la tortura (incluyendo la violación sexual) la desaparición forzada, las ejecuciones sumarias y el genocidio.

    Lo más cuestionable es cuando llegan a afirmar “la acusación de genocidio en contra de oficiales del ejército de Guatemala constituye una acusación no solo contra esos oficiales o contra el ejército, sino contra el Estado de Guatemala en su conjunto que, de consumarse, implica serios peligros para nuestro país, incluyendo una agudización de la polarización social y política que revertirá la paz hasta ahora alcanzada.” En primer lugar debemos preguntarnos de nuevo de qué Paz hablamos si esta se puede revertir con una legítima demanda de justicia por parte de las víctimas de violaciones a sus Derechos Humanos, Esto parece más un chantaje, pues implica que se debe forzar el silencio y la impunidad sobre las víctimas para que “supuestamente” no se pueda “revertir la paz y llegar a una agudización de la polarización social y política”. Además, debemos entender como una muestra de verdadera paz, la paciencia que tuvieron las víctimas por tanto tiempo esperando que se hiciera justicia.

    Debemos todos entender que la verdadera paz solo es posible si está fundamentada en la Verdad, la Justicia y la Reparación, y esto es lo que nos lleva a la reconciliación; de lo contrario se convierte en una farsa, al servicio de quienes quieren mantener la negación y la impunidad del pasado, lo cual se trasladará inevitablemente al presente. Ningún país del mundo ha podido lograr una transición efectiva del conflicto a la paz sin el pleno reconocimiento de los hechos y la garantía de justicia aun cuando a veces fuera en forma simbólica, a través de casos relevantes.

    El otro argumento es que genocidio es imputable al Estado, lo cual no es del todo cierto. En principio constituye el delito de quienes planificaron y decidieron la violencia con la “intención” de destruir a un grupo humano (aun y cuando al final no lo lograron). Esto quiere decir que la responsabilidad penal es de personas, no de instituciones, pero si además estos individuos eran autoridades superiores del Estado, quiere decir que tuvieron todo el aparato de Estado a su servicio para llevar a cabo estos planes macabros. Reconocer esto es reconocer la Verdad histórica, y no entendemos por qué pueda esto ser visto corno un conflicto crítico para el Estado de hoy, por el contrario solo un Estado que reconoce sus errores históricos será capaz de enmendarlos y cambiar su rumbo en el futuro.

    Alemania tuvo que reconocer el holocausto contra el pueblo judío, los gitanos y los niños discapacitados, como un paso necesario para cambiar de rumbo histórico y poder reconstruir su nación. De igual forma se tuvo que reconocer genocidios en Bosnia y Ruanda, sin este reconocimiento no hubieran podido salir de la crisis. ¿Por qué Guatemala no puede hacer lo mismo?

    La acusación de genocidio no es una fabricación jurídica como se afirma, sino que es la interpretación jurídica de los hechos reales o es que los autores del campo pagado pretenden ignorar o desafiar los testimonios de las víctimas presentados en el juicio. Esta es una visión muy cómoda, urbana y conveniente.

    Por supuesto que hay sectores del ejército que estarán ofendidos por las deliberaciones de este proceso, pero también hay sectores honorables dispuestos a reconocer los hechos y a tomar un rumbo distinto basado en valores nuevos.

    La propuesta de que otros no se ofendan o se polarice el debate en el país y se pueda volver a la confrontación, es más una amenaza que un argumento. Pedir justicia dentro de la institucionalidad del Estado NUNCA puede ser interpretado como un acto de desestabilización.

    ¿De qué Paz hablamos, de la paz de los cementerios o de la DEMOCRACIA?

Solo la verdad nos hará libres. (Jn. 8,32)

    Frank La Rue, Rigoberta Menchú, Rosalina Tuyuc, Edelberto Torres, Otilia Lux de Cotí, Oscar Azmitia, Yuri Giovanni Melini, Anabella Giracca, Carlos Sarti, Carolina Escobar Sarti, Fernando Valdez, Mons. Álvaro Ramazini, Obispo de Huehuetenango, Mons. Julio Cabrera, Obispo de Jalapa.



Guatemala: llevar a la justicia los crímenes del pasado ofrece esperanza a sobrevivientes de violencia sexual


   
Declaración de la señora Zainab Hawa Bangura, Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la violencia sexual en los conflictos
    Acojo con satisfacción los esfuerzos de las autoridades guatemaltecas para investigar los crímenes de violencia sexual que ocurrieron en el país durante el conflicto armado interno de 1960 a 1996. Las acciones judiciales en curso contra un antiguo jefe de Estado por genocidio y crímenes de lesa humanidad dan esperanza a las miles de víctimas que sufrieron durante el conflicto de 36 años en Guatemala. La violencia sexual no debe ser tratada como una parte inevitable del conflicto armado, sino como lo que es: un crimen reconocido internacionalmente.

    Es difícil concebir el dolor y la brutalidad que atormentan a los sobrevivientes de violencia sexual. Por lo tanto, el coraje de sus testimonios sobre lo que han sufrido no debe ser subestimado. En última instancia, sus historias ayudarán a asegurar que los crímenes de violencia sexual no permanezcan ocultos en el silencio y la impunidad.

    Al confrontar su pasado violento, hoy Guatemala está demostrando su compromiso con el estado de derecho y con un futuro de paz. La justicia en Guatemala se ha retrasado para muchos, pero no debe ser denegada.

    Insto a las autoridades a garantizar un juicio justo y la protección de víctimas, testigos, defensores de los derechos humanos y funcionarios del sistema judicial.



Un llamado a la mesura, CICIG

    Guatemala, abril 18 de 2013. La Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) ha observado a la distancia el proceso seguido contra el General Efraín Ríos Montt, a quien se atribuye el delito de genocidio. Si el crimen se cometió o no se cometió, si el imputado es culpable o inocente, son decisiones cuya competencia exclusiva corresponde al tribunal que conoce de la causa. Deben los jueces resolver libres de cualquier amenaza, pues la independencia judicial es un derecho humano, en este caso del imputado y de quienes se sienten víctimas y llevan su pretensión de castigo ante la justicia.

    En razón de esto, preocupa a la CICIG la campaña de campos pagados, suplementos y declaraciones en medios audiovisuales, cuya única finalidad es incidir en la decisión judicial para lograr una sentencia absolutoria.

    Especialmente llama la atención el campo pagado "Traicionar la paz y dividir a Guatemala" (elPeriōdico, 16 de abril de 2013), pues se suman a dicha campaña algunas figuras que en otro momento enarbolaron la bandera de los derechos humanos y gozaron de la confianza de la comunidad internacional, entre ellos Eduardo Stein, Gustavo Porras, Raquel Zelaya y Adrián Zapata.

    Con sus firmas advierten del "[...] peligro inminente de que la violencia política reaparezca [...]", caso "de consumarse" una sentencia condenatoria. Esta es una injustificable amenaza contra el tribunal.

    Ante esta situación, la CICIG llama a la mesura. El proceso debe avanzar sin injerencias que coarten la independencia de los jueces. Y será a posteriori, de verificarse errores judiciales de fondo o de forma, si se absuelve o si se condena, que las partes podrán impugnar la sentencia y objetarla ante instancias jurisdiccionales superiores como lo ordena la ley.

    La paz se construye día a día por el único camino posible: la Justicia.



http://cicig.org/index.php?mact=News,cntnt01,detail,0&cntnt01articleid=360&cntnt01returnid=67

Tribunal guatemalteco está respetando el derecho de defensa y el debido proceso a exgenerales imputados


En el proceso seguido por genocidio y delitos contra los deberes de humanidad
Tribunal guatemalteco está respetando el derecho de defensa y el debido proceso a exgenerales imputados




    Han transcurrido cuatro semanas desde que inició el histórico juicio en contra de dos generales en retiro, sindicados de la comisión de los delitos de genocidio y delitos contra los deberes de humanidad en perjuicio de la población maya ixil. La defensa ha interpuesto recursos de amparo ante la Corte de Constitucionalidad, alegando la violación al derecho de defensa y el debido proceso, quedando estos recursos pendientes de resolución.

    Ante este panorama, los abajo firmantes (juristas y organizaciones de derechos humanos), externamos a continuación una opinión técnica basada en los estándares internacionales en la materia:


1. Sobre el uso abusivo de la figura del amparo:
    Si bien la figura del amparo es legítima para tutelar los derechos humanos, en la práctica en los procesos penales seguidos por graves violaciones de derechos humanos en Guatemala, se ha utilizado, no para garantizar derechos sino para obstaculizar el proceso mismo e impedir su culminación. Ya para el año 2003, al conocer el caso Myrna Mack vs. Guatemala, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) señaló la responsabilidad del Estado por haber permitido a la defensa promover una serie "de articulaciones y recursos (pedidos de amparo, inconstitucionalidad, recusaciones, incidentes, incompetencias, nulidades, pedidos de acogerse a la Ley de Reconciliación Nacional, entre otros)", los cuales impidieron que el proceso pudiera avanzar hasta su culminación natural (párr. 208).

    En el proceso que se sigue actualmente, se observa con preocupación que se continúa utilizando esta figura de una manera excesiva y con fines meramente dilatorios.


2. Sobre la obligación de los jueces de vigilar la convencionalidad del proceso penal:
    La Corte IDH se ha referido a la obligación de los jueces de ejercer un adecuado control de convencionalidad. Esto significa que "cuando un Estado ha ratificado un tratado internacional como la Convención Americana, sus jueces también están sometidos a ella". (Caso Aguado Alfaro y otros vs. Perú, párr. 128)

    Respecto del uso de prácticas dilatorias en procesos por graves violaciones de derechos humanos, el Tribunal Interamericano ha señalado que el derecho a la tutela judicial efectiva exige a los jueces que dirijan el proceso de manera que se eviten dilaciones y entorpecimientos indebidos, que conduzcan a la impunidad, frustrando así la debida protección judicial de los derechos humanos. (Caso Bulacio vs. Argentina, párr. 115). Si los jueces no cumplen con lo anterior se configura la violación de la obligación internacional del Estado de prevenir y proteger los derechos humanos y se menoscaba el derecho de la víctima y de sus familiares a saber la verdad de lo sucedido, a que se identifique y se sancione a todos los responsables y a obtener las consecuentes reparaciones. (Caso Myrna Mack vs. Guatemala, párr. 209, 210).

    Considerando lo expuesto, al observar el desarrollo del juicio oral, consideramos que el Tribunal Primero de Sentencia Penal A está actuando de conformidad con las obligaciones internacionales del Estado de Guatemala, ejerciendo un equilibrado control de convencionalidad, asegurando la fluidez del proceso en un tiempo razonable y. eliminando las prácticas dilatorias que pudieran obstaculizar el mismo.


3. Sobre la garantía del derecho de defensa:
    El derecho de defensa es una garantía que conforma el debido proceso. De acuerdo con la Corte Interamericana, para que exista "debido proceso legal" es preciso que un justiciable pueda hacer valer sus derechos y defender sus intereses en forma efectiva y en condiciones de igualdad procesal con otros justiciables. (0C/1899, párr. 117)

    En el caso concreto, los imputados no se encuentran en ninguna situación de desigualdad jurídica que limite el ejercicio de sus derechos, además, han participado activamente en el proceso, han tenido la posibilidad de aportar prueba, de estudiar la prueba escrita que conforma el expediente, de cuestionar las diferentes actuaciones, de apelar las decisiones del Tribunal, de interrogar testigos y peritos aportados por la parte acusadora y los querellantes, entre otras. Por tal razón, hasta el momento no se observa ningún agravio que permita sustentar una violación del derecho de defensa.

    Con base en lo expuesto, hacemos un llamado a la comunidad internacional para que continúe observando con atención el proceso penal citado, a la vez, exhortamos respetuosamente a la justicia guatemalteca para que, en el desarrollo del presente proceso histórico, se tomen en cuenta las obligaciones internacionales en la materia y se emitan resoluciones congruentes con estas, a la vez, reiteramos la importancia de que se garantice la independencia de los jueces y en especial se brinde seguridad a todas las partes involucradas en el presente proceso.

    La verdad y la justicia efectiva son fundamentales en la prevención de las atrocidades del genocidio y la mitigación de los daños ocasionados a los sobrevivientes, familiares, comunidades, pueblos y a toda la humanidad.

    .    .
16 de abril de 2013

Juristas: Romana Arroyo, profesora universitaria, Costa Rica; Carlos Ayala, expresidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y miembro de la Comisión Internacional de Juristas; Célia Bemardes, jueza federal, Brasil; Kenarik Boujikian, magistrada de apelaciones del Tribunal de Justicia de Sao Paulo, Brasil; Miguel Carbonen, profesor del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, Alfredo Chirino Sánchez, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Costa Rica; Mario Coriolano, profesor de la Universidad .Nacional de La Plata, Argentina; Ronald Gámarra, abogado de las víctimas en el proceso por violaciones de derechos humanos contra Alberto Fujimori, Perú; Tira Flores Lanza, exmagistrada de Corte de Apelaciones, Honduras; Adán Guillermo López Lone, exjuez penal, Honduras; Rita Masera, profesora de la Universidad de Costa Rica; José Ricardo de Prado Solaesa, magistrado en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en Madrid, España; José Henrique Rodrigues Torres, presidente de la Asocia, ción de Jueces panela Democracia y juez de derecho en Sao Paulo, Brasil, Naomi Roht-Arriaza, profesora del College Hastings of Law, Universidad de California, .Estados Unidos; Ramón Sáez Valcárcel, magistrado en la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en Madrid, España; Leo Valladares Lanza, exmiembro de la Comisión Interamericana de. Derechos Humanos y Comisionado Nacional de lbs Derechos Humanos, Honduras

    Organizaciones, Abogados Sin Fronteras Canadá, organización internacional; Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), Perú, Asociación Pro-Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos (PRO-BÚSQUEDA). El Salvador, Aliaran Ciudadana Pro Justicia, Panamá; Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, México; Centro Feminista de Información y Acción (CEFEMINA), Costa Rica, Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), organización internacional; Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH); Centre, por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). organización internacional; Ciudadanos en Apoyo a los 'Derechos Humanos (CADHAC), México; Comisión de Derechos Humanos de Guatemala en Estados Unidos (GHRC); Comité de Familiares de Detenidos-Desaparecidos en Honduras (COFADEH); Comité de Familiares de las Víctimas de los sucesos munidos entre el 27 de febrero y los primeros días de marzo de. 1989 (COFAVIC), Venezuela: Defensa de Niños y Niñas Internacional (DNI), Costa Rica; El Centro de Justicia y Responsabilidad (CJA), organización internacional, Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús (ERIC). Honduras; Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD), El Salvador; Instituto de Derechos Humanas de la Universidad Centroamericana .José Simeón Cañas" (IDHUCA). El Salvador; Instituto Promoviendo Desarrollo Social (IPRODES), Perú; Movimiento Autónomo de Mujeres (MAM), Nicaragua; Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA); Rights International Spain.

    La versión completa de este pronunciamiento se encuentra disponible en la siguiente página web: www.cejil.org