martes, 9 de julio de 2013
El País Paralelo: Lo que sí y lo que no está prohibido a los ministros de Estado*
El presidente de El País Paralelo es un hombre que está en todas partes, en todo lugar y en todo momento, pero a veces no puede hacerlo él todo, entre las cosas que no puede realizar de manera directa está vigilar que los ministros de Estado hagan su trabajo como debe de ser, apegados a las más estrictas normas de corrupción. La divisa del presidente en esta dirección es que la corrupción no tiene necesariamente que pelear con la transparencia.
Con el ánimo de lograr un mejor rendimiento de los ministros de Estado en sus labores públicas, y también privadas, por qué no decirlo, el señor presidente fue enfático, breve (siempre él tan de pocas palabras), sucinto, cortante, responsable (en todo momento dice: asumo la responsabilidad de la decisión), y tajante cuando dijo: “Déjenme contarles que acabo de acabar de decirles a los ministros que tienen prohibido mezclarse con la chusma de la novena avenida. Los negocios que ahí se tramitan son de poca monta, dedíquense a los que realmente son redituables”.
Luego de las declaraciones del presidente, Paralelo News tuvo acceso a un documento secreto, confidencial, de circulación altamente restringida, que resultó ser, ni más, ni menos, que el borrador de un instructivo en el cual se esbozan prohibiciones similares a la que el presidente divulgó ampliamente en días recién pasados. Para ilustrar a nuestros lectores sobre la dedicación con que el presidente atiende los asuntos de Estado, reproducimos a continuación algunas de esas prohibiciones.
Los ministros de Estado tienen prohibido:
1. Asistir a reuniones públicas al Congreso de la Respública. Pueden asistir a reuniones privadas, pero deberán contar con el permiso de la autoridad superior. Cuando el acoso sea excesivo, el ministro puede delegar a cualquiera de los viceministros, quienes también están autorizados a delegar su representación en sus subordinados, que también pueden delegar dicha representación. La delegación de la representación no puede ir más allá de la esposa, conviviente o concubina del mensajero del despacho. (Ja, ustedes pensaron que sería la respectiva del ministro).
2. Hacer uso de los servicios sanitarios de las oficinas públicas cuando se encuentren en ellas atendiendo asuntos oficiales. Sólo les es permitido usarlos cuando no estén en ellas.
3. Tener familiaridades en el trato con el señor vicepresidente. Ello incluye sonrisas furtivas, miradas de reojo, toqueteos “sin querer queriendo”, uso de diminutivos para llamar su atención, etc. La violación de esta norma será sancionada con el despido inmediato.
4. Dar declaraciones a la prensa sin contar con el debido permiso de la autoridad superior. El permiso se debe solicitar por escrito, con dos meses de anticipación y presentando el guión de la entrevista, incluyendo tanto las preguntas que realizarán los periodistas independientes, como las respuestas que dará el señor ministro.
5. Recibir regalos, presentes, dádivas o cualquier estímulo que pueda dar lugar a que la prensa o la ciudadanía honrada sospeche que de parte del ministro se incurre en corrupción. Esta prohibición se puede levantar si el ministro comparte con la autoridad superior el regalo, presente, dádiva o estímulo en partes iguales: 70% para la autoridad superior y 30% para el ministro.
6. Mostrar seriedad cuando el presidente cuenta un chiste.
7. Reírse sin causa aparente cuando el presidente está hablando de asuntos de estado. En estas circunstancias, una carcajada será motivo de despido.
8. Todo lo que no cuente con el permiso previo, y por escrito, con firma legalizada ante notario público, por la autoridad superior.
La lista de prohibiciones es abundante, sin embargo la dejamos acá ya que según se nos informó está próximo a publicarse en el Diario Oficial el acuerdo gubernativo que regula dichas prohibiciones.
(*) El País Paralelo es un paraíso ficticiamente real, en donde de vez en cuando suceden eventos –eventuales, no planificados– positivos y también extremadamente negativos.
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