viernes, 31 de agosto de 2012

El 31 de agosto en nuestra memoria


31 de agosto, 1982:
1.            El 31 de agosto de 1982, en el paraje El Carmen, caserío Varituc Segundo, aldea Varituc, municipio de San Martín Jilotepeque, departamento de Chimaltenango, miembros de las PAC de Varituc capturaron a Andrés Popol Jorge y a Alejandro Balán Castellanos, quienes fueron conducidos al destacamento militar de San Martín Jilotepeque. Dos días después, los mismos miembros de las PAC capturaron a Mercedes Balán Atz, Ladislado Zamora Hernández y Fidelina Atz Corominal, quienes también fueron conducidos al destacamento antes mencionado. Ninguna de las víctimas volvió a aparecer.
2.            El 31 de agosto de 1982, en la cabecera municipal de Patzún, departamento de Chimaltenango, miembros del EGP ejecutaron a Filiberto Osorio, quien era alcalde de Patzún. Filiberto Osorio Marroquín, ladino, ex comisionado militar, fue alcalde de Patzún entre 1981 y agosto de 1982. Tenía una habitación con armas en la alcaldía y expresaba que deseaba “acabar con la gente de Chipiacul para convertir dicho lugar en su potrero”. Fue reconocido por algunas personas cuando acompañó al Ejército en una de las masacres de Chipiacul.
3.            El 31 de agosto de 1982, en el caserío Chipaj, aldea El Pinal, municipio de Uspantán, departamento de Quiché, miembros del EGP ejecutaron a Belizario López Rodas conocido como Arón, quien era comisionado militar y junto a otros miembros de la familia, quienes eran patrulleros civiles, se les conocía como los Arones. Estos eran acusados de ser responsables de múltiples violaciones a los derechos humanos y actuaban con el consentimiento de miembros del Ejército de Guatemala asignados al destacamento de Uspantán. En ese mismo momento, los guerrilleros ejecutaron a Ventura Castro, quien ese día le prestaba seguridad a Belizario. Al día siguiente, elementos del Ejército llegaron a Chipaj y acusaron de guerrilleros a Enrique Santos Mejía Velázquez y a Daniel Mejía Benito, debido a que el día anterior estaban de turno en la patrulla y no avisaron de la llegada de los guerrilleros. Posteriormente, los soldados reunieron a la población y en un acto público torturaron y quemaron vivos a Enrique y Daniel. Finalmente, a ver que éstos no morían les dispararon. Ese mismo día, en la tarde, los soldados capturaron a Perfecto Tomás Chamató Chen, quien también había estado de turno en la patrulla, y los Arones procedieron a golpearlo delante de los militares. Finalmente, medio muerto, lo condujeron a un barranco cercano, donde lo ejecutaron de un tiro.

Fuente: CEH, Guatemala memoria del silencio.

jueves, 30 de agosto de 2012

El 30 de agosto en nuestra memoria


30 de agosto, 1967:
El 30 de agosto de 1967, en la aldea La Cumbre, municipio de Olopa, departamento de Chiquimula, miembros del Ejército de Guatemala y comisionados militares de la zona capturaron y ejecutaron a Angel López Hernández, quien había sido acusado por los comisionados militares de la aldea La Cumbre de pertenecer a la guerrilla.

30 de agosto, 1980:
El 30 de agosto de 1980, en un hotel de la ciudad de Antigua Guatemala, departamento de Sacatepéquez, miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado torturaron y envenenaron a María Guadalupe Navas Alvarez, abogada laborista y catedrática de la Escuela de Orientación Sindical de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la USAC, y al doctor Dennis Martínez, quien era Secretario General de la Universidad Nacional de Nicaragua.

30 de agosto, 1981:
1.            El 30 de agosto de 1981, en la aldea Ixcanac, municipio de San Rafael La Independencia, departamento de Huehuetenango, miembros del Ejército ejecutaron a Manuel y Francisco Juan José, López Francisco, Francisco López y Mateo Francisco.
2.            El 30 de agosto de 1981, en Mayalán, municipio de Ixcán, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Gua- temala, asignados al destacamento del mismo lugar, capturaron a Mateo Juan y Mateo Marcos en la iglesia. Los retuvieron durante tres días en el destacamento. Posteriormente aparecieron los cadáveres con señales de torturas y ahorcados en el camino hacia Pueblo Nuevo, cada uno a un lado del camino, a uno de los cadáveres le faltaba un pié y los testículos.
3.            El 30 de agosto de 1981, en Sacté, municipio de Ixcán, departamento de Quiché, miembros del EGP llevaron a cabo una reunión, de la cual Mauricio Quix intento huir, por lo cual los guerrilleros le dispararon quedando herido. También golpearon a dos personas no identificadas.

30 de agosto, 1982:
1.            El 30 de agosto de 1982, en el paraje El Carmen, caserío Varituc Segundo, aldea Varituc, municipio de San Martín Jilotepeque, departamento de Chimaltenango, miembros de la guerrilla vestidos de verde olivo ejecutaron, a machetazos a diecisiete personas que, obligadas por efectivos del Ejército de Guatemala, estaban durmiendo en la escuela local. Víctimas identificadas: Soledad Atz, Maria Cornelia Angela Hernandez Siquin, Maria de los Angeles Tzoy. Víctimas sin identificar: 14.
2.            El 30 de agosto de 1982, en el caserío Membrillal Segundo Centro, municipio de Chiché, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Guatemala ejecutaron a Antonio Sinté Tzoc, quien en estado de ebriedad decidió salir del lugar donde se encontraba refugiada la población. Ese mismo día, los soldados ejecutaron a dos personas no identificadas. Dos días más tarde, se encontraron los tres cadáveres con señales de tortura.

30 de agosto, 1983:
El 30 de agosto de 1983, miembros del Ejército de Guatemala masacraron a 43 personas en el caserío Parramos, aldea Salquil, municipio de Nebaj, departamento de Quiché. La mayoría de los habitantes de Parramos huyeron hacía la montaña al percatarse de la presencia de los soldados. Después de la masacre, los soldados se instalaron en el lugar durante nueve días, desde donde incursionaban a la montaña para capturar a los desplazados. Víctimas identificadas: Dominga Carrillo, Juan Cedillo, Maria Cha Hernandez, Miguel Cobo Carrillo, Pablo Cobo, Petrona Cobo Ijom (niña), Catarina Corio, Dominga Garcia, Pedro Marcos Ceto, Miguel Seto Raymundo. Víctimas sin identificar: 23.

30 de agosto, 1984:
1.            El 30 de agosto de 1984, entre los municipios de Concepción Chiquirichapa y San Martín Sacatepéquez, departamento de Quetzaltenango, miembros de la G-2 interceptaron una camioneta y dispararon contra los diecisiete pasajeros, ejecutando a cinco personas e hiriendo a seis, quienes fueron llevadas al hospital militar. Dos de ellas estando bajo vigilancia militar fueron ejecutadas. Otras tres personas murieron en el hospital a causa de las lesiones. El ataque se produjo por que debido a un conflicto laboral, alguien en la zona militar acusó a la empresa de autobuses de transportar guerrilleros. Víctimas identificadas: Juan Cabrera Hernandez, Diego Juarez Sanchez, Gilberto Felipe Juarez Cabrera (niño), Obispo Juarez Cabrera, Anacleto Lopez Sales, Jose Luen Lopez, Juan Jose Luen Lopez, Carlos Laureano Vail Gomez, Rolando Hernandez Pastor, Pedro Mendez Rivera, Pedro Mendez Rivera, Sixto Perez Carreto. Víctimas sin identificar: 1.
2.            El 30 de agosto de 1984, en la cabecera municipal de Zacualpa, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Guatemala, asignados al destacamento militar ubicado en ese municipio, capturaron a la maestra de educación primaria Antonia Ajiatás Espinoza, quien tenía 7 meses de embarazo y a su hermana Cecilia Agustina Ajiatás Espinoza, de ocho años. A partir de esa fecha se desconoce el paradero de ambas.

30 de agosto, 1985:
El 30 de agosto de 1985, en la cabecera departamental de San Marcos, presuntos miembros del Ejército de Guatemala, asignados a la G-2, capturaron a Sabino Agustín Ambrosio Ambrosio, quien era colaborador de la ORPA. No se volvió a saber del paradero de la víctima.

30 de agosto, 1990:
30 de agosto de 1990. Representantes del sector empresarial aglutinado en el Comité de Asociaciones Comerciales Industriales y Financieras (CACIF) y la URNG, se reunieron en Otowa, Canadá. No se produjeron acuerdos ni comunicados conjuntos.

Fuente: CEH, Guatemala memoria del silencio.

miércoles, 29 de agosto de 2012

El 29 de agosto en nuestra memoria


29 de agosto, 1981:
El 29 de agosto de 1981, en el caserío Panajxit, municipio de Santa Cruz del Quiché, departamento de Quiché, miembros de la Policía Judicial capturaron, golpearon y amenazaron a Petronilo Castro Láynez. En esa ocasión, también capturaron a tres mujeres jóvenes, a quienes intentaron violar.

29 de agosto, 1982:
1.            El 29 de agosto 1982, en la aldea Yuxquén, municipio de Nentón, departamento de Huehuetenango, miembros del Ejército, acompañados por patrulleros civiles torturaron y ejecutaron, quemándolo, a Pedro Diego Torres, quien era colaborador de la guerrilla. Posteriormente, los soldados quemaron las casas. La población, ante esta agresión, se vio obligada a huir a la montaña donde falleció la niña Juana Diego Torres, quien era hermana de Pedro.
2.            El 29 de agosto de 1982, en la aldea Buena Vista, municipio de Santa Ana Huista, departamento de Huehuetenango, presuntos miembros del EGP ejecutaron con arma de fuego a Hugo Darinel Escobedo Lemus, quien iba al frente de un grupo de patrulleros civiles rastreando a la guerrilla. En la noche de ese mismo día, los mismos hechores ejecutaron con arma de fuego al alcalde municipal Tomás Arcángel Herrera López.

29 de agosto, 1983:
El 29 de agosto de 1983, en la cabecera municipal de Nebaj, departamento de Quiché, miembros de la PAC de Nebaj capturaron a Pedro Brito en el campo de futbol. Lo trasladaron al destacamento de Nebaj y no se volvió a saber de él. Los patrulleros le dijeron a la esposa de Pedro Brito que lo capturaron porque miembros de la guerrilla llegaban a su casa.

29 de agosto, 1984:
El 29 de agosto de 1984, en la aldea Tzalbal, municipio de Nebaj, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Guatemala torturaron y ejecutaron a las hermanas Petrona y Catarina Ramírez Cobo, a quienes acusaron de tener hermanos en la guerrilla. Los soldados enterraron vivas a las víctimas.

Fuente: CEH, Guatemala memoria del silencio.

martes, 28 de agosto de 2012

El 28 de agosto en nuestra memoria


28 de agosto, 1968:
El 28 de agosto de 1968 es ejecutado el embajador estadounidense en Guatemala, John Gordon Mein, cuando un grupo guerrillero intentaba secuestrarlo.

28 de agosto, 1981:
1.            El 28 de agosto de 1981, en el municipio de San José Poaquil, departamento de Chimaltenango, miembros de la Policía Nacional capturaron en su casa a Tomás Mejía Chinol y a Tomás Tol Tebelán, miembro de Acción Católica y cooperativista. Posteriormente, los cadáveres de las víctimas aparecieron y fueron enterrados por los vecinos de Poaquil.
2.            El 28 de agosto de 1981, en el caserío Río Túnico, municipio de El Estor, departamento de Izabal, miembros del Ejército y hombres armados, originarios de Nueva Esperanza, municipio de El Estor, capturaron y ejecutaron a Juan Choc. El cadáver fue encontrado a la orilla del lago con una piedra alrededor del cuello.

28 de agosto, 1982:
1.            El 28 de agosto de 1982, en la aldea Yuxquén, municipio de Nentón, departamento de Huehuetenango, miembros de la URNG ejecutaron al maestro Ricardo Camposeco, quien fue acusado de ser colaborador del gobierno. La gente de la aldea trató de defenderlo pero los guerrilleros los amenazaron de muerte si intervenían.
2.            El 28 de agosto de 1982, en la comunidad de Tabil, municipio de Santa Cruz del Quiché, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Guatemala, confidenciales y elementos de las PAC capturaron a Silverio Batz Lucas. No se volvió a saber de él.
3.            El 28 de agosto de 1982, en Platanillo, municipio de Tajumulco, departamento de San Marcos, miembros de la URNG hirieron de gravedad, con arma de fuego a Julián Bartolón Ortiz, quien fue acusado de colaborar con el Ejército de Guatemala.

28 de agosto, 1984:
El 28 de agosto de 1984, en el cantón San Pedrito, municipio de La Reforma, departamento de San Marcos, presuntos miembros del Ejército de Guatemala, con el rostro cubierto, capturaron a Alejandro Hernández Cardona, quien era miembro de las PAC. Hasta la fecha se desconoce el paradero de la víctima.

28 de agosto, 1986:
1.            El 28 de agosto de 1986, en el caserío Chuinimachicaj, aldea Xeatzán, municipio de Patzún, departamento de Chimaltenango, Enrique Xinico Xiquitá salió en dirección al trabajo y nunca regresó.
2.            El 28 de agosto de 1986, en la Joya, municipio de San Pablo, departamento de San Marcos, presuntos miembros del Ejército de Guatemala ejecutaron a Saturnino Cándido de León Sandoval, quién era comisionado militar del municipio de San Rafael Pie de La Cuesta del mismo departamento.

28 de agosto, 1988:
El 28 de agosto de 1988, en el municipio de Santiago Atitlán, departamento de Sololá, Andrés Botón Chiquival y Diego, de apellidos desconocidos, quienes eran colaboradores de la guerrilla, salieron con el propósito de dar alimentos a los insurgentes y ni llegaron a su destino, ni regresaron a su domicilio. Desde entonces, nadie volvió a saber más del paradero de estas personas.

Fuente: CEH, Guatemala memoria del silencio.

lunes, 27 de agosto de 2012

El 27 de agosto en nuestra memoria


27 de agosto, 1981:
1.            El 27 de agosto de 1981, en el municipio de Uspantán, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Guatemala y de las PAC del área ejecutaron a Narciso Hernádez Hernández de sesenta años y a Domingo Cabo. Las víctimas presentaban heridas de bala y una de ellas fue colgada debajo de un árbol.
2.            El 27 de agosto de 1981, en Nueva Comunidad Santa María Candelaria, municipio de Ixcán, departamento de Quiché, miembros de la guerrilla ejecutaron a Lucio Guillermo Funes Aguilar, quien era comisionado militar.
3.            El 27 de agosto de 1981, María Esperanza Machán fue capturada por presuntos judiciales, en la carretera Interamericana a la altura del kilómetro 32 de San Bartolomé de Milpas Altas, departamento de Sacatepéquez. Dos días antes, una amiga de trabajo de la víctima, de nombre Consuelo X, fue detenida por miembros del Ejército de Guatemala en el kilómetro 105 de la carretera interamericana, en el departamento de Chimaltenango. No se volvió a saber de ellas.

27 de agosto, 1982:
1.            El 27 de agosto de 1982, en el caserío Seguamó de la aldea Chajbelén, municipio de Cahabón, departamento de Alta Verapaz, miembros del Ejército de Guatemala bombardearon la comunidad. Después, los soldados entraron en el lugar junto con comisionados militares y miembros de las PAC de Sebaq y Chicojrito y masacraron a niños, mujeres embarazadas y a ancianos, resultando 106 personas muertas. El resto de la población huyó a la montaña. Posteriormente, efectivos militares saquearon y quemaron las casas. Víctimas identificadas: Jose Acte Chocooj, Manuela Acte Choc (niña), Dolores Caal Bolom, Ernesto Caal Ical, Jorge Caal Te (niño), Mariano Caal Xi (niño), Santos Che Cuz (niño), Amalia Choc Tiul (niña), Candelaria Choc Tiul (niña), Carlos Choc Tiul (niño), Cristina Choc Cuc (niña), Emma Choc Caal (niña), Francisco Choc Caal, Francisco Choc Pop, Genaro Choc Cuc (niño), Lorenzo Choc Caal, Luis Choc Ico, Rosa Choc Tiul (niña), Tomas Choc, Adrian Coc (niña), Baleriano Coc Choc (niño), Luis Coc Choc, Maria Coc, Martin Coc Rax (niño), Martin Coc Rax, Oscar Coc Cuz (niño), Santiago Coc Ical, Vicente Coc Cuz (niño), Pedro Coy Coc, Santos Coy Ical, Candelaria Cuc Xol, Natividad Cuc Te, Ricardo Cuc Pap, Hermelindo Cucul Pap (niño), Marcos Cucul, Antonio Cuz Caal, Carmen Cuz Ical (niña), Manuel Cuz Acte (niño), Manuel Cuz Ical (niño), Manuel Cuz Cuz, Maria Cuz Acte (niña), Mario Cuz Ical (niño), Mario Cuz Caal (niño), Mateo Cuz Caal (niño), Nicolas Cuz Caal (niño), Petrona Cuz Tiul (niña), Petrona Cuz Coy, Rene Cuz Caal (niño), Santiago Cuz Acte, Dolores Ical Maquin, Pedro Ical Choc, Santiago Ical Sacul, Emma Maquin Cuz (niña), Angustia Pap Cuc, Sebastian Pap Xi (niño), Dominga Rax Xi (niña), Manuel Rax Xi, Miguel Rax Xi (niño), Miguel Rax, Oswaldo Rax Choc (niño), Santos Rax, Dolores Sacul Pap, Domingo Sacul, Manuela Sub, Candelaria Te Caal, Dominga Te Pap, Jacinto Te Caal, Jacinto Te Chun, Jeronimo Te, Magdalena Te Cuz (niña), Manuel Te Caal (niño), Manuel Te Chun, Ricardo Te Pap, Candelaria Tiul Acte, Maria Tiul Te, Arturo Tot Caal (niña), Francisco Tot Caal (niño), Gilberto Tot, Juana Tot, Candelaria Ul Coy (niña), Abelardo Xi Caal (niño), Candelaria Xi Xol, Manuel Xi Xol, Samuel Xi, Juana Yaxcal Maaz, Pedro Rax Choc (niño), Paulo Tiul Maquin. Víctimas sin identificar: 20. ,
2.            El 27 de agosto de 1982, en la ciudad de Guatemala, durante un tiroteo entre miembros de la Policía Nacional y presuntos elementos insurgentes, falleció Fausto Raúl Tojil y Fredy Sergio Escobar Salguero resultó gravemente herido.

27 de agosto, 1983:
El 27 de agosto de 1983, en la cabecera municipal de San Pedro Sacatepéquez, departamento de San Marcos, miembros del Ejército de Guatemala capturaron a Fausto Clodomiro Aguilón Coronado. Posteriormente la víctima fue trasladada a la Zona Militar donde permaneció recluida junto a cuarenta y cinco personas más, de quienes se desconoce su identidad. Según otras fuentes se supo que fueron ejecutados. Víctimas sin identificar: 45

27 de agosto, 1987:
El 27 de agosto de 1987, en Santa Clara, municipio de Ixcán, departamento de Quiché, resultó herido Santiago Cardona Gómez, quien encabezaba una patrulla militar compuesta por miembros del Ejército de Guatemala y patrulleros de autodefensa civil.

Fuente: CEH, Guatemala memoria del silencio.

domingo, 26 de agosto de 2012

El 26 de agosto en nuestra memoria


26 de agosto, 1954:
La Ley Preventiva Penal contra el Comunismo facultó al Comité para establecer un registro “organizado técnicamente, de todas las personas que en cualquier forma hayan participado en actividades comunistas” (Decreto 59 de la Junta de Gobierno, 26 de agosto de 1954), y más tarde se estableció la pena de muerte por actividades de resistencia susceptibles de ser consideradas como comunistas. Según la prensa nacional, entre julio y noviembre de 1954 eran 72 mil personas las que habían sido listadas en el registro de comunistas.

26 de agosto, 1981:
1.            El 26 de agosto de 1981, en El Mirador, municipio de Ixcán, departamento de Quiché, miembros de la guerrilla ejecutaron a Leonardo Funes Felix, quien había sido comisionado militar de la comunidad. Con anterioridad la víctima había sido delatada por otro comisionado militar ante el Ejército de Guatemala de colaborar con la guerrilla, hecho por cual dejó el cargo de comisionado militar.
2.            El 26 de agosto de 1981, en el camino que conduce del caserío el Membrillal hacia Chupoj Segundo Centro, municipio de Chiché, departamento de Quiché, apareció muerto Tomás Tecum Morales.

26 de agosto, 1982:
1.            Como una constante a lo largo del enfrentamiento armado, el Estado negó sistemáticamente su participación en acciones violatorias de los derechos humanos, llegando a recurrir incluso a afirmaciones inverosímiles, al admitir con posterioridad y de modo excepcional, ante fuertes presiones, la detención de determinadas personas. Tal es el caso de Carlos Padilla Gálvez, médico, director del Hospital General de Sololá, quien fue secuestrado junto con dos enfermeras de nombres Yolanda Calí Say y Felipa Alquijay en su centro de trabajo, por seis hombres vestidos de particular y fuertemente armados el 26 de agosto de 1982. El Dr. Padilla permaneció detenido ilegalmente hasta el 28 de octubre de ese mismo año. Su liberación se debió únicamente a la presencia de la CIDH, que realizó una visita in loco a Guatemala en septiembre del mismo año. La CIDH fue informada por el entonces ministro de la Defensa Nacional Mejía Victores que el Dr. Padilla se encontraba detenido en el Segundo Cuerpo de la Policía Nacional, como consecuencia de un autosecuestro y había solicitado a las fuerzas de seguridad que lo apresaran, aislaran e incomunicaran para proteger su vida amenazada por la guerrilla. Ante la visita de la CIDH en el Segundo Cuerpo de la Policía Nacional el médico sostuvo su detención ilegal. A pesar de ello, Padilla no fue liberado sino hasta el mes de octubre; no se volvió a saber nada más de las dos enfermeras.
2.            El 26 de agosto de 1982, en el Puente Nuevo, en Cobán, cabecera departamental de Alta Verapaz, un comisionado militar de Chicamán, miembros de las PAC de La Cruz Chiquixin y varios colaboradores del Ejército de Guatemala, ejecutaron a Ermelindo Juárez Hernández, quien un año antes había sido capturado por un la PMA.
3.            El 26 de agosto de 1982, en la aldea Xecoxol, municipio de Tecpán, departamento de Chimaltenango, miembros del Ejército de Guatemala, asignados al destacamento militar de Tecpán, capturaron a Juan Rucuch López y a Reginaldo Rucuch Colorado. Los soldados los llevaron a la parte de atrás de la escuela local y los ejecutaron.
4.            El 26 de agosto de 1982, en la aldea Xecoxol, municipio de Tecpán Guatemala, departamento de Chimaltenango, miembros del Ejército de Guatemala capturaron a Santos Rucuch Colorado y lo llevaron al destacamento militar en Tecpán. A raíz de ese hecho, nadie volvió a saber más del paradero de la víctima.
5.            El 26 de agosto de 1982, en la aldea Pajuil País, municipio de Aguacatán, departamento de Huehuetenango, miembros de la URNG capturaron a Antonio Hernández Oxlaj, Antonio Pelicó Pastor, Victoriano Oxlaj Rojop, Máximo Asunción Rojop Pérez y a Juan Oxlaj Chas, a quienes ejecutaron y enterraron unos días después. Las víctimas eran miembros de las PAC de esa aldea y ese día habían ido desarmados a ver a sus vacas.
6.            El 26 de agosto de 1982 en la aldea Pajuil Pais, municipio de Aguacatán, departamento de Huehuetenango, Antonio Hernández salió a patrullar y desde entonces se desconoce su paradero.

26 de agosto, 1984:
El 26 de agosto de 1984, en la ciudad de Guatemala, Tomás Mejía Lastor, miembro del EGP, fue capturado por un grupo de hombres armados. Desde esa fecha se desconoce su paradero.

Fuente: CEH, Guatemala memoria del silencio.

sábado, 25 de agosto de 2012

El 25 de agosto en nuestra memoria

25 de agosto, 1981:
1.            El 25 de agosto de 1981, en el municipio de San Vicente Pacaya, departamento de Escuintla, un grupo de hombres armados capturó al profesor Elías Pérez Chacón. A partir de ese momento se desconoce su paradero.
2.            El 25 de agosto de 1981, en la cabecera municipal de Santa Ana Huista, departamento de Huehuetenango, miembros del Ejército capturaron a Pablo López y lo trasladaron a la escuela, donde lo torturaron durante dos días y después lo ahorcaron frente a su hija. Ese mismo día capturaron a dos personas identificadas como Manuel e Israel, de apellidos desconocidos, quienes después de estar retenidos junto con Pablo López, fueron conducidos camino a Nentón, donde los ejecutaron, dejando sus cadáveres cerca de un río. Como resultado del hecho, Esperanza Casimira López Matías, hija de la primera de las víctimas mencionadas, estuvo siendo vigilada por los soldados durante cuatro años.
3.            El 25 de agosto de 1981, en el caserío de Visivaqvitz, municipio de Nebaj, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Guatemala ejecutaron a Sebastián Rivera, cuando este regresaba a la aldea por comida. Los soldados quemaron la aldea y esperaron que los pobladores regresaran por alimentos y ropa, para ejecutarlos.
4.            El 25 de agosto de 1981, en el caserío Pasacjoc, municipio de Zacualpa, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Guatemala ejecutaron a Marcela Luisa de la Cruz.
5.            El 25 de agosto de 1981, en el cantón Chupol, municipio de Chichicastenango, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Guatemala capturaron a Manuel Morales Chom junto con otras personas mas, de quienes se desconoce su número e identificación. Posteriormente, los soldados llevaron a las víctimas a la iglesia y, desde entonces, nadie volvió a saber mas del paradero de las víctimas. Sin embargo, según el testimonio de una persona, las víctimas fueron ejecutadas y enterradas en el interior de la iglesia.
6.            El 25 de agosto de 1981, en el municipio de San Cristóbal Verapaz, departamento de Alta Verapaz, miembros de las PAC capturaron a Eliseo Xol Chen, quien forzosamente realizaba su turno como patrullero civil. Otras fuentes indican que el patrullero civil que lo capturó y la Policía Judicial entuvieron toda la noche torturandola en una casa. Desde entonces, nadie volvió a saber más del paradero de la víctima.
7.            El 25 de agosto de 1981, en la aldea Xolhuitz, del municipio de Tajumulco, departamento de San Marcos, miembros del Ejército de Guatemala, asignados al destacamento de Pueblo Nuevo del mismo municipio, ejecutaron a Juan Alberto Vicente, cuyo cadáver fue localizado el mismo día con señales de tortura e impactos de bala en la cabeza. También los soldados capturaron a otra persona identificada, a quien interrogaron y posteriormente dejaron en libertad.

25 de agosto, 1982:
1.            El 25 de agosto de 1982, en Canguachá, municipio de Senahú, departamento de Alta Verapaz, miembros del Ejército de Guatemala junto con comisionados militares capturaron a once personas, entre las que se encontraba un líder campesino. Ese día diez sacerdotes mayas fueron torturados y ejecutados por efectivos militares. Asímismo, dos jóvenes embarazadas, de 14 y 16 años, y una niña, de 9 años de edad, fueron violadas por varios soldados. Finalmente dos víctimas más lograron escapar. Posteriormente los soldados quemaron las casas y las cosechas, y saquearon los bienes materiales y dinero. Los sobrevivientes de la comunidad huyeron a la montaña. Víctimas identificadas: Santiago Ba, Antonio Caal, Santiago Choc, Domingo Coc, Juan Coc Pahau, Juan Coc Caal (niño), Lorenzo Coc Che, Sebastian Coc Pahau, Manuel Pau, Juan Yal, Santiago Yaxcal, Carlos Caal Yat, Elena Yat. Víctimas sin identificar: 10.
2.            El 25 de agosto de 1982, en la aldea Chisiram, municipio de San Cristóbal Verapaz, departamento de Alta Verapaz, fue encontrado muerto Fernando Cal Latz. Se desconocen los hechores y los motivos de la ejecución.
3.            El 25 de agosto de 1982, en la comunidad de Ojo de Agua, municipio de Santa Ana Huista, departamento de Huehuetenango, miembros del Ejército ejecutaron con arma de fuego a Basilio López Pérez. La víctima se encontraba junto con otros vecinos en la montaña, huyendo de la represión desatada por miembros del Ejército.
4.            El 25 de agosto de 1982, en la aldea Quetzal, municipio de Nentón, departamento de Huehuetenango, miembros de la guerrilla ejecutaron a machetazos a siete hombres de Patalcal y a dos de Ocanté, aldeas del municipio de San Mateo Ixtatán, departamento de Huehuetenango, e hirieron a Juan Bartolo, de Patalcal, quien sobrevivió. Víctimas identificadas: Pascual Andres (niño), Cuxin Baltazar, Pedro De Pedro, Andres Francisco, Andres Gaspar, Baltazar Juan Sebastian, Juan Miguel Carmelo, Juan Pedro, Bartolo Ramos Mateo, Juan Bartolo.
5.            El 25 de agosto de 1982 en el caserío Tunajá, municipio de Zacualpa, departamento de Quiché, miembros del Ejército de GUatemala decapitaron al niño Francisco Grave Chingo, de dos años de edad. Ese día, elementos del Ejército torturaron y ejecutaron a Pablo Morente.
6.            El 25 de agosto de 1982, en el caserío Xepiun de la aldea Salquil, municipio de Nebaj, departamento de Quiché, Miguel Rivera Cobo, de tres años de edad, falleció a causa del hambre cuando se encontraba huyendo junto con su familia de la represión y violencia desencadenadas por miembros del Ejército de Guatemala en la región.
7.            El 25 de agosto de 1982, en el caserío de Chicabracán, en la cabecera municipal de Santa Cruz del Quiché, departamento de Quiché, Diego González Lux, quien había asistido a un cursillo del CUC por tres semanas, fue ejecutado, según testigos, por miembros de las PAC locales. Su cadáver, sin embargo, nunca fue encontrado.
8.            El 25 de agosto de 1982, en la aldea de Parraxtut, municipio de Sacapulas, departamento de Quiché, presuntos miembros de la guerrilla ejecutaron con machete a José Ixcotoyac Imúl y Francisco Us Chivalán. Las víctimas fueron acusadas de colaborar con el Ejército de Guatemala.

25 de agosto, 1984:
El 25 de agosto de 1984, en el caserío de Marcajam, cabecera municipal de El Estor, departamento de Izabal, autoridades de la comunidad capturaron a Sebastián Ho Ché. Posteriormente, lo trasladaron al destacamento de El Estor. No se volvió a saber de él.

25 de agosto, 1985:
El 25 de agosto de 1985, en la ciudad de Guatemala, patrulleros civiles de San Pedro Jocopilas, departamento de Quiché, ejecutaron a una persona, originaria de Quiché y de quien se desconoce su identidad. Ese mismo día, miembros de las PAC capturaron a un hombre llamado César, de apellidos desconocidos. A raíz de ese hecho, nadie volvió a saber más del paradero de la víctima.

25 de agosto, 1991:
1.            El 25 de agosto de 1991, en el camino que conduce de Santo Tomás Ixcán a San Lucas, municipio de Ixcán, departamento de Quiché, miembros del Ejército de Guatemala lanzaron dos bombas contra un vehículo, ejecutando a Juan Jiménez Sales y a tres personas no identificadas. Días antes, habían acusado de guerrillero al dueño del carro.
2.            El 25 de agosto de 1991, en Xejuyub, aldea de Choacorral, municipio de Santa María Chiquimula, departamento de Totonicapán, presuntos miembros de la guerrilla ejecutaron a Diego Mus Toj, cuando estaba patrullando como miembro de las PAC.

25 de agosto, 1996:
Cerca de las 10.30 del domingo 25 de agosto de 1996, un grupo de individuos vestidos con uniformes de la Policía Nacional, quienes estaban ubicados cerca de la Iglesia de Corpus Christi, en la zona 6 de la ciudad capital, simulando un retén de ese cuerpo de seguridad, detuvieron el carro en que se movilizaba la señora Olga Alvarado de Novella, de 87 años de edad, procediendo a secuestrarla y trasladarla a un lugar desconocido, en un vehículo marca Lada que, también, simulaba pertenecer a la institución policial. http://raulfigueroasarti.blogspot.com/2012/08/el-secuestro-de-la-senora-de-novella-y.html

Fuente: CEH, Guatemala memoria del silencio.


El secuestro de la señora de Novella y la desaparición forzada de Juan José Cabrera Rodas, “Mincho”


Caso ilustrativo No. 103
El secuestro de la señora de Novella y la desaparición forzada de Juan José Cabrera Rodas, “Mincho”

I. ANTECEDENTES
En el segundo semestre de 1996, el proceso de negociaciones de paz entre el Gobierno de Guatemala y la URNG se encontraba en su fase final, que concluiría con el Acuerdo de Paz Firme y Duradera, suscrito por las partes el día 29 de diciembre de ese mismo año. Entre el 19 de septiembre y el 12 de diciembre se habían firmado los Acuerdos sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una Sociedad Democrática, sobre el Definitivo Cese al Fuego, sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral y sobre Bases para la Incorporación de la URNG a la Legalidad. A la espera del fin del enfrentamiento armado interno, prevalecía el optimismo en Guatemala y en la comunidad internacional.

La URNG carente de nuevas fuentes de financiamiento
Había pasado mucho más de una década desde que la URNG cesara la práctica reiterada de secuestros de carácter extorsivo, en que pedía una cantidad de dinero a cambio de la liberación de la víctima, y que constituyeron una de las fuentes de financiamiento de las organizaciones guerrilleras, especialmente en la década de los setenta. Según un informe proporcionado a la CEH por el Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF), el 10 de abril de 1976, en la ciudad capital, la señora Olga Novella Alvarado fue víctima de un secuestro que el informe atribuye al Ejército Guerrillero de los Pobres (EGP), basado en que los secuestradores, mediante llamadas telefónicas, se identificaban como miembros de esa organización guerrillera. Solicitaban un rescate de 15 millones de quetzales para liberar a la víctima. A los 46 días, en las inmediaciones del Parque de la Industria, fue puesta en libertad por sus secuestradores.
Según el informe entregado por el CACIF, el último caso similar habría sido el secuestro extorsivo sufrido por Pedro Julio García el 9 de octubre de 1983, que dicho informe atribuye específicamente al “PGT y hombres armados”. En cambio, el último caso registrado por la CEH bajo la regla de la declaración individual, es el secuestro de Luis Canella Gutiérrez y Roberto Herrera Ibargüen, en diciembre de 1977. En todo caso, al concluir el proceso de negociaciones de paz, hacía más de 13 años que la URNG había abandonado dicha práctica.
También, al culminar el proceso de negociaciones de paz, la URNG había decidido cesar el cobro, hasta entonces reiterado, del denominado “impuesto de guerra”, aporte en dinero o especies exigido especialmente a finqueros. Al ponerse en práctica esta decisión, las organizaciones de la URNG se vieron privadas de otra de sus principales fuentes de financiamiento. El “impuesto”, en muchos casos, había sido motivo de amenazas o represalias contra quienes se resistían a pagarlo. En la etapa final del enfrentamiento, tales acciones intimidatorias fueron objeto, por parte de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas (MINUGUA), de una severa censura que influyó en la Comandancia General de la URNG. En marzo de 1996, dicha Comandancia, junto con decidir unilateralmente la suspensión de las actividades ofensivas, paso decisivo para el avance de las negociaciones de paz, resolvió suspender el cobro del “impuesto de guerra”. Con ello, la URNG se quedó sin el único recurso de financiamiento importante con que aún contaba.

Las últimas desapariciones forzadas
Por otra parte, en el período final de las negociaciones de paz la CEH registró muy pocos casos de desaparición forzada atribuidos a agentes del Estado. Durante años, el Estado de Guatemala había aplicado sistemáticamente este método criminal, para eliminar a opositores políticos, militantes de las organizaciones insurgentes y civiles presuntamente partidarios de la guerrilla. Pero, el último caso que fue producto de una política sistemática ocurrió en 1989, cuando once estudiantes de las USAC fueron detenidos y desaparecidos. En los últimos años del proceso de negociaciones, entre 1994 y 1996, la CEH registró un total de cuatro desapariciones forzadas, ninguna de las cuales obedeció a un plan preconcebido de eliminación de opositores. Las últimas, en octubre de 1996. Una de ellas forma parte de este caso.

Los secuestros y la respuesta del estado
En otro ámbito, a pesar del avance del proceso de paz, en 1996 el país sufría una grave crisis de inseguridad ciudadana. La incontrolable ola de secuestros extorsivos perpetrados por el crimen organizado, en un contexto de casi absoluta impunidad, era una de las más dramáticas expresiones de esa crisis.
El presidente Alvaro Arzú, “en declaraciones públicas realizadas en agosto (de 1996) afirmó que ‘la industria del secuestro’ involucra tanto a militares como a políticos y otros civiles”. Por su parte, informes de MINUGUA sostenían que “agentes del Estado, en conexión con ex agentes estatales y civiles, operan en amplias redes del crimen organizado”.
Ya a comienzos de ese año, se había informado que el Gobierno, decidido a dar una lucha frontal contra las bandas de secuestradores, crearía un comando especial para tal efecto. Posteriormente, numerosos y serios antecedentes recabados por la CEH indican que en el Estado Mayor Presidencial (EMP) se había creado una unidad “antisecuestros” que, si bien estaba integrada por destacados oficiales de la inteligencia militar, actuaba con absoluta autonomía del Ministerio de la Defensa y, por cierto, de la Policía Nacional. Los hechos posteriores confirmaron tales antecedentes y evidenciaron que la Policía Nacional sólo prestaba funciones de apoyo a los “operativos antisecuestro” dirigidos por el EMP.
En cambio, la denominada “unidad antisecuestros” creada por el Ministerio de Gobernación, integrada parcialmente por funcionarios de la Policía Nacional y que contaba con la colaboración de la inteligencia militar, sólo cumplió tareas de recolección de información la cual debía ser entregada al EMP, y cada vez que se realizaban operativos supeditaba su actuar a la autoridad de este organismo.


II. LOS HECHOS
El secuestro de la señora de Novella
Cerca de las 10.30 del domingo 25 de agosto de 1996, un grupo de individuos vestidos con uniformes de la Policía Nacional, quienes estaban ubicados cerca de la Iglesia de Corpus Christi, en la zona 6 de la ciudad capital, simulando un retén de ese cuerpo de seguridad, detuvieron el carro en que se movilizaba la señora Olga Alvarado de Novella, de 87 años de edad, procediendo a secuestrarla y trasladarla a un lugar desconocido, en un vehículo marca Lada que, también, simulaba pertenecer a la institución policial.
Inmediatamente que la denuncia fuera presentada a los organismos del Estado, se descartó la participación de agentes de la Policía Nacional en el secuestro.
Durante los dos meses que duró el plagio, los medios de comunicación, uniformemente y a diferencia de lo ocurrido en otros secuestros extorsivos, otorgaron escasa información sobre las exigencias de los secuestradores y la reacción de los familiares de la víctima. En todo caso, el círculo social que estaba en conocimiento de la situación, siempre pensó que se trataba, como tantos otros, de un secuestro de carácter extorsivo cometido por una de las bandas criminales comunes que operaban en el país.
Y, en efecto, era un secuestro de carácter extorsivo, pues los autores exigían a la familia de la víctima, para su liberación, seis millones de dólares de Estados Unidos de América. Pero, la autoría no correspondía a delincuentes comunes. Dos meses más tarde, se supo que el plagio había sido perpetrado por miembros de la ORPA, específicamente por integrantes de un grupo urbano al mando de Rafael Augusto Valdizón Núñez, miembro de la Dirección de esa organización guerrillera reconocido como comandante Isaías. Este grupo mantuvo secuestrada a la víctima en una casa que, según el informe del proyecto REMHI, estaría “situada probablemente al sur de la ciudad”.

La investigación prejudicial del secuestro, el operativo de captura y el canje
La investigación del secuestro, cuya víctima y su familia tenían una especial relación afectiva con el presidente de la República, fue asignada de inmediato al comando especial “antisecuestros” del Estado Mayor Presidencial. Por disposiciones superiores, la Policía Nacional sólo jugó un rol subsidiario, limitándose a examinar el lugar en que ocurrió el secuestro y a recopilar información que se le proporcionaba, pero con el sólo objeto de ser trasladada al Estado Mayor Presidencial.
La CEH no logró establecer en qué momento de la investigación el Gobierno de Guatemala supo que los autores del plagio eran miembros de un grupo urbano de la ORPA, pues respecto a este punto las informaciones son muy variadas y poco confiables.
En todo caso, dicha investigación culminó el día 19 de octubre de 1996, en un operativo en que fueron capturados dos de los integrantes de la ORPA involucrados en el secuestro: Rafael Augusto Valdizón Núñez, reconocido como el comandante Isaías, y Juan José Cabrera Rodas, conocido como “Mincho”. Este último había ingresado a la URNG en 1980, enrolándose primero como militante urbano en las filas del EGP y posteriormente en la ORPA, de la que era militante al momento de su captura.
A Mincho se le vio por última vez, ese mismo día, cuando abandonó, “para ir a almorzar”, un local de la zona 12 donde había asistido a una reunión en que estuvieron presentes varios militantes de la ORPA. Posteriormente, cerca de las tres de la tarde, Mincho y el comandante Isaías se encontraban en la zona 9 de la capital. Desde dos teléfonos públicos, cercanos uno del otro, ambos llamaron varias veces, alternándose, a miembros de la familia Novella, con quienes continuaban negociando el rescate. Cuando concluyeron las llamadas, subieron a su carro y, de inmediato, comenzaron a ser perseguidos por alrededor de diez personas que se movilizaban en tres vehículos, uno de ellos de color verde oscuro, otro de marca Toyota y una panel Dogde. La carrera para escapar cubrió varias zonas de la capital, pero finalmente los miembros de la ORPA fueron rodeados por los vehículos de sus persecutores en la zona 8, probablemente la 1ª avenida, a la altura de la 35 calle.
Luego de hacerlos salir del carro, propinaron a Isaías varios golpes, en el tórax, con un palo grueso, presuntamente un bate, y lo introdujeron en uno de los vehículos, donde se identificó de inmediato como integrante de la ORPA. También Mincho fue golpeado con similar objeto, pero en la cabeza, e introducido en otro de los carros. Los antecedentes con que cuenta la CEH permiten presumir que Mincho, por efecto de ese golpe, quedó malherido al momento de su captura y falleció ese mismo día o en los días siguientes. Posteriormente, el Gobierno admitiría “que una segunda persona estuvo con Baldizón (sic) al momento de su captura, a la que las fuerzas de seguridad habrían decidido dejar escapar, por considerar que no estaban en capacidad operativa para detener a ambas personas”. Todos los antecedentes reunidos por la CEH contradicen y hacen inverosímil esta última afirmación.
Los antecedentes reunidos por la CEH confirman que este operativo estuvo a cargo de personal bajo el mando del Estado Mayor Presidencial, que actuó con autonomía de los ministerios de la Defensa y de Gobernación.
Los dos capturados fueron trasladados a un recinto militar, ubicado junto o cerca del Aeropuerto “La Aurora”. En ese lugar, luego de ser confirmada la identificación de Rafael Augusto Valdizón Núñez ,se negoció, según la mayoría de las fuentes a propuesta del propio Isaías, y con conocimiento y aceptación de las más altas autoridades del Gobierno, el denominado “canje”, consistente en liberar simultáneamente a Isaías y a la señora de Novella. Como los guerrilleros que custodiaban en ese momento a la víctima del secuestro tenían orden de dar muerte a la anciana en caso de una captura de Isaías, este los llamó por teléfono, para indicarles cuál era su situación y ordenarles que aguardaran el momento del canje. Por su parte, la decisión del Gobierno de canjear al capturado por la anciana y dejar libres a quienes la mantenían secuestrada, adoptada finalmente por el presidente Arzú, tuvo como primera consideración una de carácter humanitario que el propio jefe de Estado explica al fiscal general de la República: “como un acto humanitario y por el estado de necesidad de salvarle la vida a dicha señora y no existiendo otra forma de evitarlo, dadas las circunstancias apremiantes, se accedió al canje propuesto por el señor Valdizón Núñez”. Pero, es evidente que dicha decisión también consideró la necesidad de evitar fatales consecuencias para el curso del proceso de paz, que se encontraba en su etapa final.
Al día siguiente, domingo 20 de octubre, en horas de la mañana, fueron liberados Isaías y la señora Novella. El resto de los miembros de la ORPA que custodiaban a la anciana pudieron abandonar libres la casa donde se desarrolló el secuestro.
Sin embargo, nada se supo de la suerte que había corrido Juan José Cabrera Rodas, Mincho.
A las once de la mañana de ese domingo, cuando la señora Novella ya se encontraba en su hogar, el ministro de Gobernación fue informado de la captura del comandante Isaías. Además, los antecedentes con que cuenta la CEH indican que el ministro de la Defensa Nacional no tuvo conocimiento de los hechos hasta después que ellos ocurrieron.
Por otra parte, el Gobierno “convocó de inmediato al moderador de Naciones Unidas en las negociaciones de paz señor Jean Arnault, cuya sede era Nueva York, para enterarlo de los hechos sucedidos y solicitarle su inmediata intervención ante la Comandancia General de la URNG, a efecto de exigir las explicaciones del caso y esclarecer los correspondientes niveles de responsabilidad en este hecho delictivo”. En cambio, la Misión de Verificación de las Naciones Unidas (MINUGUA), con sede en Guatemala, no fue informada.

El conocimiento público de la autoría del secuestro, de la captura de Isaías y del canje
En tanto, todo lo ocurrido el 19 y el 20 de octubre sólo era de conocimiento de las Partes. Además, la moderación de las Naciones Unidas había sido informada, por el Gobierno, de la autoría de la URNG en el secuestro. Las otras instituciones nacionales o internacionales con sede en Guatemala y la opinión pública se enteraron de lo sucedido el día 28 del mismo mes de octubre.
En esta fecha, en horas de la tarde, los hechos sustantivos, con excepción de la captura y posterior desaparición de Mincho, fueron conocidos por la ciudadanía, al escuchar la declaración del Gobierno. También el Ministerio Público se informó de lo sucedido a través de los medios de comunicación y, al día siguiente, su titular, el fiscal general de la República se quejó de no haber sido informado oficial y oportunamente de la detención de Isaías, con el objeto de iniciar la investigación penal.
Fue también en esta fecha, horas antes de realizarse la conferencia de prensa en que el Gobierno dio a conocer su comunicado oficial, que el director de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas (MINUGUA), señor David Stephen, fue informado, por primera vez, desde Nueva York, por el Secretario General Adjunto para Asuntos Políticos, del hecho que miembros de la URNG habían participado en el secuestro de la señora Olga de Novella.
Dos días después, el 30 de octubre de 1996, la Comandancia General de la URNG emitió una declaración pública, mediante la cual reconoció que “efectivamente, Rafael Augusto Valdizón Núñez, ex comandante Isaías, organizó y realizó, al mando de una pequeña fuerza irregular urbana, el secuestro y retención de la señora Novella, quien fue liberada a cambio del canje del ex comandante Isaías que lo convino con las fuerzas de seguridad del Gobierno”.
La declaración agrega que “aunque el ex comandante Isaías era miembro de la Dirección de la Organización del Pueblo en Armas (ORPA) dicha acción fue realizada sin conocimiento ni autorización de su Dirección”.
Finalmente, el comunicado insiste en que “ninguno de los integrantes de la Comandancia General de la URNG tuvo, en momento alguno, conocimiento de la ejecución de este plan”, que se desarrolló durante casi dos meses.
No obstante todo lo anterior, la Comandancia general de la URNG, en esa misma declaración, “asume la responsabilidad política del hecho a causa de que quienes realizaron tal acción eran miembros de sus organizaciones”, agregando que, sin embargo, “no puede en rigor asumir la responsabilidad de algo que estuvo totalmente fuera de su control”. Posteriormente, en declaraciones prestadas ante el fiscal general de la República, el comandante de la ORPA, Gaspar Ilóm, reiteró que asumía la responsabilidad política por los hechos.
En todo caso, el comunicado de la URNG tampoco se refirió a la detención y desaparición de Juan José Cabrera Rodas ni a la liberación de los otros militantes suyos que habían mantenido secuestrada a la señora de Novella.
De inmediato, se postergaron las jornadas de negociaciones de paz que habían sido programadas por las Partes, las cuales se reanudaron sólo después que Gaspar Ilóm renunció a seguir representando a la ORPA en la mesa de negociaciones. El lamentable suceso casi había echado por tierra el esfuerzo conjunto de ambas Partes, para alcanzar la Paz Firme y Duradera.
Luego de aclarada la autoría del secuestro extorsivo, resuelta de facto y al margen de los procedimientos legales la situación, mediante el canje de Isaías por la señora Novella, y asumida la responsabilidad política por la URNG, la investigación del Ministerio Público se caracterizó por la renuencia o el desinterés de todas las partes involucradas, en cooperar y por los nulos resultados procesales.


El conocimiento público de la captura y posterior desaparición de Mincho
Estando en el recinto militar donde fue conducido por sus captores, Isaías había preguntado sobre la suerte de Mincho, tanto a sus celadores como al secretario Privado de la Presidencia, Gustavo Adolfo Porras Castejón, quien concurrió a concretar la negociación del canje, en representación del Gobierno. Aquellos le habrían manifestado que Mincho estaba en buen estado, mientras Porras le señaló que consultaría sobre este segundo detenido a los responsables del operativo. A raíz de estas consultas, se habría obtenido como respuesta que la “segunda persona”, al momento de la captura de Isaías, “había escapado”, o que se le dejó escapar, versión que el Gobierno hizo público siete meses después.
Inmediatamente después de ser liberado, Isaías comunicó lo ocurrido con Mincho a la Dirección de la ORPA, la cual hizo llegar su preocupación al Gobierno, recibiendo como respuesta que no existía ninguna información sobre la existencia de un segundo detenido.
La CEH no ha logrado constatar que, en la gestión que el Gobierno encargara al moderador de las Naciones Unidas, éste hubiese recibido una denuncia de la URNG en el sentido que un segundo guerrillero había sido capturado y que su paradero era desconocido, ni que la URNG le haya solicitado pedir información sobre este asunto al Gobierno de Guatemala. La CEH tampoco ha podido constatar que a partir de fines de octubre algunas organizaciones no gubernamentales de derechos humanos se hubiesen enterado de la detención y posterior desaparición de Mincho.
La primera denuncia formal interpuesta sobre la desaparición de Mincho en alguna institución la recibió MINUGUA, de personas muy cercanas a la víctima, el día 16 de abril de 1997. La primera noción sobre la existencia de un segundo guerrillero la había recibido esa Misión el 22 de noviembre de 1996, con motivo de una reunión ordinaria realizada en México con la Comandancia General de la URNG. En tal ocasión, pero separadamente, el representante de la ORPA transmitió su preocupación por el desconocimiento del paradero de un segundo capturado, sin entregar a los delegados de la Misión datos precisos sobre su identidad y agregando que, por otras vías, se estaba tratando de obtener información del Gobierno.
Aunque aquella noticia no significara una denuncia formal y precisa, a partir de su recepción la Dirección de MINUGUA persuadió insistentemente a la URNG, para que le entregara información circunstanciada que le permitiese iniciar la verificación del caso. Pero, no recibió mayor información.
Recién a mediados de enero de 1997, comienzan a aparecer en la prensa los primeros trascendidos sobre la captura y desaparición de un segundo guerrillero no identificado. Entonces, la Dirección de MINUGUA, mientras continuaba induciendo a la URNG a proporcionar mayor información, instruyó a su Oficina Regional en la ciudad de Guatemala, que abriera un archivo con toda la información que fuese recibiendo sobre el caso.
La primera información pública sobre la identidad de la víctima aparece el 18 de marzo de 1997, en el diario El Periódico, que lo señala como Juan José Cabrera, conocido como “Mincho”.
Hasta el 16 de abril de 1997, ninguna persona o entidad de derechos humanos había presentado alguna denuncia a organismos oficiales o a MINUGUA. Fue en esta fecha que la Misión de las Naciones Unidas recibió aquella a que se ha hecho referencia más arriba, la cual contenía pormenores sobre la identidad de la víctima. A partir de entonces, la Dirección de MINUGUA decidió verificar activamente el caso.
Siete días más tarde, el 23 de abril de 1997, MINUGUA señaló públicamente que “existen elementos de convicción relativos a que el señor Cabrera Rodas efectivamente se encuentra desaparecido desde el 19 de octubre de 1996” y estableció la presunción de que aquel sería “el integrante de la URNG cuya suerte y paradero no ha sido posible establecer”. Fue éste el primer pronunciamiento público formulado sobre el caso por una institución con sede en Guatemala. Menos de un mes más tarde, el 20 de mayo de 1997, la verificación internacional concluía que Mincho había estado involucrado en el secuestro de la señora de Novella, que fue capturado por las fuerzas de seguridad y que múltiples elementos de convicción indicaban que la captura había estado a cargo del Estado Mayor Presidencial. Estas aseveraciones de MINUGUA fueron duramente rechazadas por el Gobierno, generándose la mayor tensión entre el Estado de Guatemala y las Naciones Unidas desde que se iniciara el proceso de paz.

La investigación del Ministerio Público
Por su parte, el titular del Ministerio Público manifestó de inmediato su interés en investigar el caso de Cabrera Rodas. Sin embargo, esta investigación oficial no pudo prosperar, debido a la falta de colaboración de las autoridades del Gobierno. Por otra parte, la Comandancia General de la URNG, guardando coherencia con su versión de que el hecho estuvo totalmente fuera de su control, no sólo no lo denunció sino que señaló desconocer la existencia de un comandante de nombre Mincho, agregando que “no ha sido posible establecer otros detalles, a causa de la falta de contacto con los autores”.
El 20 de mayo de 1997, el fiscal general solicitó al presidente de la República que informara “sobre el conocimiento e información que tenga en torno al presente caso”, que se refiere a la presunta desaparición del señor Juan José Cabrera Rodas, conocido como “Benjamín” o “Mincho”. El siguiente texto incluye la respuesta completa del presidente:
“Con fecha 25 de agosto de 1996, fui informado del secuestro de la
señora Olga de Novella, de 87 años de edad
“Asimismo, con fecha 19 de octubre de 1996, fui informado de la captura del señor Rafael Augusto Valdizón Núñez, llamado comandante Isaías, en situación que lo involucraba en el secuestro de la anciana de 87 años de edad, antes mencionada.
“Con la captura del señor Rafael Augusto Valdizón Núñez, llamado comandante Isaías, se agravó el riesgo de muerte, que por su condición de secuestrada corría ya, la señora Olga de Novella, razón por la que, como un acto humanitario y por el estado de necesidad de salvarle la vida a dicha señora y no existiendo otra forma de evitarlo, dadas las circunstancias apremiantes, se accedió al canje propuesto por el señor Valdizón Núñez.
“Se me informó igualmente que la secuestrada señora de Novella fue puesta en libertad sana y salva el 20 de octubre de 1996”.
El mismo día 20 de mayo, el fiscal general ofició al jefe del Estado Mayor Presidencial, consultándole, entre otros puntos, si el operativo “fue efectuado por un grupo compuesto por miembros del EMP”.
Con fecha 9 de junio de 1997, el jefe del EMP respondió al fiscal general que, “por ser el Estado Mayor Presidencial un órgano jerárquicamente dependiente del ministerio de la Defensa Nacional, de conformidad con la Ley Constitutiva del Ejército, no me está permitido atender en forma inmediata a su solicitud”. En la misma carta, el jefe del EMP indica que procederá “a emitir por el conducto respectivo, el oficio ya mencionado (del fiscal) al Estado Mayor de la Defensa Nacional, para los efectos legales consiguientes”. Según antecedentes con que cuenta la CEH, hasta el 2 de julio de 1997 el oficio del fiscal general aún no había sido recibido por el Estado Mayor de la Defensa Nacional, cuya jefatura asumió el ex jefe del Estado Mayor Presidencial el día siguiente.
También el 20 de mayo, el fiscal general envió otro oficio al ministro de la Defensa Nacional, en los mismos términos anteriores. El ministro respondió, con fecha 17 de junio, manifestando no tener conocimiento de la captura y desaparición de Mincho y aclarando que el EMP, “en atención a su función de velar por la seguridad personal de señor presidente de la República y su familia, depende directamente del señor presidente”.
El 20 de mayo, el fiscal general solicitó información, asimismo, al ministro de Gobernación, quien públicamente había asumido la responsabilidad superior del operativo. Recién con fecha 8 de agosto el fiscal recibió la respuesta del ministro, quien le remite copia de otra carta, fechada el 28 de mayo, que nunca había llegado a manos del titular del Ministerio Público. En esta carta, el ministro señala que sólo sabe del caso de Mincho por los medios de comunicación, agregando que “al momento de la detención del señor Augusto Rafael Baldizón (sic) Núñez no se procedió a la aprehensión de ninguna otra persona” y que la detención de Isaías “se realizó por fuerzas de seguridad de este Despacho”. Pese a esta última afirmación, cinco días antes de la carta del ministro, el director de la Policía Nacional, fuerza de seguridad legal dependiente del Ministerio de Gobernación, había manifestado al fiscal general que “la Policía Nacional no tuvo ninguna participación en la detención del señor Rafael Augusto Baldizón Núñez”.
Posteriormente, el ministro de Gobernación proporcionó “confidencialmente”, al fiscal que investigaba el caso, los nombres de agentes estatales que habrían participado en el operativo del 19 de octubre de 1996, pero sin que pudiesen figurar en el expediente. En todo caso, se desconoce si esos agentes fueron, en definitiva, interrogados por el Ministerio Público.
En relación con este punto crucial para la investigación, la CEH, en cumplimiento del mandato que le otorgaran las partes, se dirigió al ministro de Gobernación el 23 de febrero de 1998, tomando en cuenta declaraciones suyas “en las cuales señala que los agentes del Estado que actuaron en la operación señalada lo hicieron bajo la responsabilidad del Ministerio de Gobernación” y solicitándole, por tanto “tener a bien proporcionar las identidades de los agentes del Estado que participaron en dicho operativo, con la finalidad de invitarlos a entregar su versión de los hechos”.
La misiva invoca la obligación legal de las autoridades de colaborar con la CEH, establecida en el Artículo 10 de la Ley de Reconciliación Nacional, y agrega que “la Comisión es rigurosamente respetuosa del principio de confidencialidad de sus fuentes de información, cuando así se solicita, y que, además, los trabajos y el informe de la Comisión no individualizarán responsabilidades ni tendrán propósitos o efectos judiciales”.

La respuesta del ministro de Gobernación, fechada el día 27 de marzo de 1998, fue la siguiente:
“La información que obra en mi poder, sobre el hecho a que usted hace referencia en dicho oficio, es la misma que he expresado a los diferentes medios de comunicación social, cuando se me ha preguntado al respecto, estando también contenida en la interpelación que me hiciera el Honorable Congreso de la República, de la que adjunto copia. Reconozco la preocupación de esa Comisión para esclarecer este hecho, la que este Despacho comparte, ofreciendo desde ya hacer de su conocimiento cualquier información adicional que obtenga relacionada con este caso”.
Revisados el texto completo de la interpelación que hiciera el Congreso al ministro y sus respuestas, no hay ninguna mención a la identidad de los agentes del Estado que actuaron en el operativo del 19 de octubre de 1996, aunque el ministro afirma que lo hicieron bajo su responsabilidad.
Por ello, la carta del ministro de Gobernación mereció otra nota del coordinador de la CEH, fechada el 7 de abril de 1998, la cual señala, en sus aspectos sustantivos, lo siguiente:
 “Le agradezco la gentileza de proporcionar a la Comisión copia de la interpelación que le hiciera el Honorable Congreso de la República, en relación con el denominado ‘caso Mincho”.
“No obstante, es evidente que, en dicha comunicación, usted ha omitido responder a la petición concreta contenida en mi carta del 23 de febrero, que consiste en que usted tenga a bien proporcionar las identidades de los agentes del Estado que participaron en el operativo del día 19 de octubre de 1996”.
“Esta petición se fundamentaba en que usted conoce dichas identidades, puesto que dichos agentes del Estado actuaron bajo su responsabilidad, lo cual se confirma en el texto de la interpelación que le hiciera el Congreso de la República. La petición tiene por finalidad el cumplimiento de una de las funciones de la Comisión, establecidas en el Acuerdo de Oslo, que consiste en invitar ‘a todos los que puedan estar en posesión de información pertinente a que presenten su versión de los hechos’, sobre la base de la reserva de las actuaciones de la Comisión y la secretividad de las fuentes. Además, como usted sabe, los trabajos y el informe de la Comisión no individualizan responsabilidades ni tienen efectos ni propósitos judiciales”.
“Finalmente, reconociendo su disposición, manifestada en su carta del 27 de marzo, a hacer de nuestro conocimiento ‘cualquier información adicional que obtenga relacionada con el caso’, y considerando lo establecido en el Artículo 10 de la Ley de Reconciliación Nacional, me permito reiterar respetuosamente mi petición concreta de que usted proporcione a la Comisión las identidades de los agentes del Estado que participaron en el operativo del día 19 de octubre de 1996, asegurándole la total reserva presente y futura de dichas identidades”.
A esta segunda solicitud de la CEH, el ministro de Gobernación respondió, finalmente, con fecha 4 de mayo de 1998, indicando lo siguiente:
“A. En su oportunidad proporcioné, al Ministerio Público, los aspectos que conozco en relación al secuestro de la señora Novella y su posterior canje por el señor Rafael Augusto Valdizón Núñez; lo anterior lo hice bajo garantía legal de confidencialidad, para no entorpecer la investigación correspondiente.
 “B. En virtud de lo expuesto, por el presente medio le manifiesto, que por el momento no puedo proporcionar ningún dato adicional sobre el tema”.

La exhumación de un cadáver no identificado
La única diligencia procesal que despertó alguna expectativa de conocer la suerte de Juan José Cabrera Rodas se practicó el día 6 de agosto de 1997, a raíz de una gestión de MINUGUA ante el Ministerio Público. En el mes de junio de 1997, la Misión había recibido, de la dirección de Revista Crónica, la fotografía de un cadáver no identificado, hallado en un basural de la capital el 14 de diciembre de 1996. El rostro que aparecía en la fotografía coincidía bastante con el de Juan José Cabrera.
Premunida de esta foto, la Misión, ejerciendo las facultades que le otorga el Acuerdo Global sobre Derechos humanos, realizó con la mayor reserva diversas diligencias, logrando establecer la autenticidad de la foto y determinar el lugar en que estaba sepultado el cadáver. Culminadas las diligencias, el 4 de agosto de 1997, la Misión entregó inmediatamente la foto al Ministerio Público, urgiéndolo a realizar inmediatamente la exhumación, la cual se practicó dos días después. En el intertanto, el lugar en que estaba sepultado el cadáver fue resguardado.
El resultado de la exhumación, realizada en presencia de personas que conocían a Juan José Cabrera y verificada por las Naciones Unidas, fue que el cadáver exhumado correspondía al de la fotografía, pero que no era el de Juan José Cabrera, por un cúmulo de antecedentes, especialmente las pruebas dactilares y odontológicas, y el cotejo con otras características físicas previamente señaladas por las personas más cercanas a la víctima.
Posteriormente, la investigación sobre la captura y desaparición de Mincho se mantuvo, hasta el término de los trabajos de la CEH, en el más completo hermetismo y quedó, en la práctica, paralizada.

III. CONCLUSIONES
En primer lugar, analizados todos los antecedentes del secuestro que afectó a la señora Olga Alvarado de Novella, asiste a la CEH la convicción plena de que efectivos de la URNG fueron sus autores, incurriendo en un grave atentado a la dignidad humana. La prolongación en el tiempo del secuestro, lo cual supuso recursos humanos y logísticos de cierta magnitud destinados durante casi dos meses a la ejecución continuada del plagio, hace dudar a la CEH de la afirmación de la Comandancia General de la URNG que los hechos estaban “totalmente” fuera de su control y establecer la presunción simple de que mandos superiores de la estructura orgánica tuvieron conocimiento del mismo y pudieron impedirlo o, a lo menos, interrumpir su prolongación en el tiempo.
La CEH considera que el secuestro extorsivo de la señora Novella, si bien no correspondió a una política de la URNG en la época en que se perpetró sino a una decisión coyuntural, ilustra el peligro de reiteración de hechos de violencia, incluso en tiempos de paz, si no media un convencimiento profundo de la necesidad de respetar la ley, que es una de las bases de todo estado de derecho.
Asimismo, considerando que este secuestro se dio en un contexto de perpetración sistemática de casos similares por bandas criminales, la CEH llama a reflexionar sobre el nefasto efecto contagioso que prácticas aborrecibles, consideradas como “propias de la guerra”, ejercen a futuro sobre las sociedades, incluso cuando ya se han depuesto las armas.
En segundo lugar, estudiados todos los antecedentes, procedentes de fuentes confiables, variadas y contestes, la CEH ha llegado a la plena convicción de que Juan José Cabrera Rodas, militante de la ORPA involucrado en el secuestro de la señora Olga Alvarado de Novella, fue privado de su libertad por agentes del Estado que actuaban bajo la dirección del Estado Mayor Presidencial y que, posteriormente, se ha negado dicha captura y ocultado el paradero y la suerte de la víctima, lo cual constituye una desaparición forzada de responsabilidad del Estado de Guatemala. Asimismo, asiste a la CEH la presunción fundada de que Juan José Cabrera Rodas falleció, a raíz de un golpe propinado por sus captores, y que su cadáver ha sido inhumado clandestinamente.
La CEH concluye que la paralización de la incipiente investigación iniciada por el Ministerio Público, que constituye incumplimiento del deber del Estado de investigar y sancionar las violaciones de derechos humanos y los crímenes contra las personas, y que ha determinado la impunidad de los hechos analizados, se debe fundamentalmente a la falta de cooperación de las autoridades del Gobierno de Guatemala.
La CEH estima que esta impunidad ha sido favorecida, además, por la falta de colaboración de la URNG, en su calidad de parte en el enfrentamiento armado interno.
El caso ilustra los nefastos efectos que, para la vigencia del estado de derecho, tiene la asignación a órganos militares de funciones que no le son propias, como la lucha contra el delito, ya que ello conduce, regularmente, a métodos ilegales y violaciones de derechos humanos.
La CEH considera este caso, que puso en peligro la feliz culminación de las negociaciones entre las Partes, como una demostración de que la construcción de la paz requiere no sólo la suscripción de ciertos acuerdos, sino, además, actitudes nuevas, especialmente de quienes participaron en el enfrentamiento armado interno, de respeto total a la ley, al estado democrático de derecho y a los derechos humanos.
Finalmente, la CEH lamenta que, en este caso, el Gobierno de Guatemala, representado por el señor ministro de Gobernación, no le haya prestado el apoyo debido, como lo establece el Artículo 10º de la Ley de Reconciliación Nacional.